Ley 62
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 62/91
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCION, A ERIGIR UN MONOLITO A LA
MEMORIA DE SANTIAGO M. LEGUIZAMON, EN LA CALLE QUE LLEVA SU NOMBRE
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1(.- Autorízase a la Municipalidad de Asunción, a erigir un
monolito a la memoria de Santiago M. Leguizamón, en la calle que lleva su
nombre.
Artículo 2(.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a veintidós días del mes de octubre
del año un mil novecientos noventa y uno y por la H. Cámara de Senadores,
sancionándose la Ley, a veintitrés días del mes de octubre del año un mil
novecientos noventa y uno.
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|José A. Moreno Ruffinelli |Gustavo Díaz de Vivar |
|Presidente, H.Cámara de |Presidente, H.Cámara de |
|Diputados |Senadores |
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|Luís Guanes Gondra |Abrahán Esteche |
|Secretario Parlamentario |Secretario Parlamentario |
Asunción, 31 de octubre de 1991
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
Andrés Rodríguez
Presidente de la República
Orlando Machuca Vargas
Ministro del Interior