Ley 64
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 64/91
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LUQUE A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO
A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO (MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTO), EL
INMUEBLE QUE SIRVE DE ASIENTO A LA ESCUELA GRADUADA N( 861 "PERPETUO
SOCORRO"
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1(.- Autorízase a la Municipalidad de Luque, a transferir a título
gratuito a favor del Estado Paraguayo (Ministerio de Educación y Culto), el
inmueble con Cta. Cte. Ctral. N( 27-5504-10 que pertenece a su patrimonio
privado y sirve de asiento a la Escuela Graduada N( 861, "Perpetuo
Socorro", de la novena compañía Itapuamí, cuyas dimensiones y linderos son
los siguientes:
Al Norte: Se halla formada por una quebrada de tres líneas; la primera mide
7,40 ms. (Siete metros con cuarenta centímetros), lindando con derechos de
Manuel Dejesús Martínez, la segunda mide 33,00 ms. (Treinta y tres metros),
la tercera mide 61,486 ms. (Sesenta y un metros con cuatrocientos ochenta y
seis milímetros), lindando ambas líneas con la finca N( 3551, propiedad del
Señor Manuel Dejesús Martínez, a ser transferido a dicha escuela.
Al Sur: Mide 74,50 ms. (Setenta y cuatro metros con cincuenta centímetros),
lindando con la propiedad de Eugenio Amarilla
Al Este: Mide 45,36 ms. (Cuarenta y cinco metros con treinta y seis
centímetros), lindando con la propiedad de Manuel Dejesús Martínez.
Al Oeste: Mide 77,00 ms. (Setenta y siete metros), lindando con camino
público.
Superficie Total: 3.760,02 ms( (TRES MIL SETECIENTOS SESENTA METROS
CUADRADOS CON DOS CENTIMETROS CUADRADOS).
Artículo 2(.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el veinte y seis de setiembre
del año un mil novecientos noventa y uno y por la Honorable Cámara de
Diputados, sancionándose la Ley, el veinte y dos de octubre del año un mil
novecientos noventa y uno.
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|José A. Moreno Ruffinelli |Gustavo Díaz de Vivar |
|Presidente, H.Cámara de |Presidente, H.Cámara de |
|Diputados |Senadores |
| | |
|Luís Guanes Gondra |Abrahán Esteche |
|Secretario Parlamentario |Secretario Parlamentario |
Asunción, 8 de noviembre de 1991
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
Andrés Rodríguez
Presidente de la República
Orlando Machuca Vargas
Ministro del Interior