Ley 649
H. Cámara de Representantes
LEY N° 649
POR EL CUAL SE APRUEBA EL DECRETO-LEY N° 214 DEL 14 DE SETIEMBRE DE
1959, "POR EL CUAL SE CREA EL ARMA DE TRANSMISIONES CON EL ACTUAL
SERVICIO DE TRANSMISIONES DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LA NACION".
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya,
sanciona con fuerza de
LEY:
Artículo 1°. - Apruébase el Decreto-Ley N° 214, de fecha 14 de setiembre
de de 1959,"por el cual se crea el Arma de Transmisiones con al
actual servicio de transmisiones de las Fuerzas Armadas de la
Nación.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Cámara de Representantes
de la Nación, a veintitrés de agosto del año un mil novecientos
sesenta.
Pedro C. Gauto Samudio
J. Eulojio Estigarribia
Secretario
Presidente de la H.C.R.
Asunción, 25 de agosto de 1960.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
Marcial Samaniego Alfredo Stroessner