Ley 693
H. Cámara de Representantes
LEY N° 693
POR LA QUE SE APRUEBAN Y RATIFICAN EL CONVENIO DE GINEBRA PARA MEJORAR
LA SUERTE DE LOS HERIDOS Y DE LOS ENFERMOS DE LAS FUERZAS ARMADAS EN
CAMPAÑA; EL CONVENIO DE GINEBRA PARA MEJORAR LA SUERTE DE LOS HERIDOS,
DE LOS ENFERMOS Y DE LOS NAUFRAGOS DE LAS FUERZAS ARMADAS EN EL MAR;
EL CONVENIO DE GINEBRA RELATIVO AL TRATO DE PRISIONEROS DE GUERRA; Y
EL CONVENIO DE GINEBRA RELATIVO A LA PROTECCION DE PERSONALES CIVILES
EN TIEMPO DE GUERRA, FIRMADOS EN LA CIUDAD DE GINEBRA, SUIZA, EL 10 DE
AGOSTO DE 1949.
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya,
sanciona con fuerza de
LEY:
Artículo 1º.- Apruébase y ratifícanse el Convenio de Ginebra para
mejorar la suerte de los heridos y de los enfermos de las
Fuerzas Armadas en campaña; el Convenio de Ginebra para mejorar
la suerte de los heridos, de los enfermos y de los náufragos de
las Fuerzas Armadas en el mar; el Convenio de Ginebra relativo
al trato de prisioneros de guerra; y el Convenio de Ginebra
relativo a la protección de personales civiles en tiempo de
guerra, firmados en la ciudad de Ginebra, Suiza, el 10 de agosto
de 1949
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Cámara de
Representantes de la Nación, a treinta de setiembre del año un
mil novecientos sesenta.
Pedro C. Gauto Samudio
J. Eulojio Estigarribia
Secretario
Presidente de la H.C.R.
Asunción, 4 de octubre de 1960.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
Marcial Samaniego Alfredo Stroessner
César Barrientos