Ley 702
CAMARA DE REPRESENTANTES
LEY Nº 702
QUE AUTORIZA AL MINISTERIO DEL INTERIOR EL TRUEQUE DE UNA FABRICA DE
BEBIDA GASEOSA POR UN MOLINO ARROCERO DE PROPIEDAD DEL SEÑOR RAMON E.
MARENGO S.-
La honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya
sanciona con fuerza de
LEY:
Artículo 1°.- Autorízase al Ministerio del Interior, a efectuarse el
trueque de una fábrica de bebidas gaseosas de su propiedad, por un Molino
Arrocero marca "Engelberg" de 15 HP con una capacidad horaria de 400 a 450
kilos de arroz limpio, de propiedad del Señor Ramón E. marengo S.
Artículo 2º.- La permuta autorizada por el artículo anterior se hará
por intermedio de la Escribanía Mayor de Gobierno y con la intervención de
la Dirección de Administración del Ministerio del Interior y de la
Inspección General de Hacienda, dependiente del Ministerio de Hacienda.
Articulo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada la sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Representantes
de la Nación, a veintitrés de junio del año un mil novecientos sesenta y
uno.
Pedro C. Gauto Samudio
J. Eulojio Estigarribia
Secretario
Presidente de la H.C.R.
Asunción, 28 de junio de 1961
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN REGISTRO
OFICIAL.-
EDGAR L. INSFRAN
ALFREDO STROESSNER