Ley 757
CAMARA DE REPRESENTANTES
LEY Nº 757
POR LA CUAL SE APRUEBA Y RATIFICA EL CONVENIO DE PRESTAMO ENTRE LA
REPUBLICA DEL PARAGUAY Y EL FONDO DE PRESTAMO PARA EL DESARROLLO,
SUSCRITO EN WASHINGTON D. C. EL 23 DE OCTUBRE DE 1961.-
La honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya
sanciona con fuerza de
LEY:
Artículo 1°.- Apruébase y ratifícase EL CONVENIO DE PRESTAMO ENTRE LA
REPUBLICA DEL PARAGUAY Y EL FONDO DE PRESTAMO PARA EL DESARROLLO, SUSCRITO
EN WASHINGTON D. C., que otorga al Paraguay un préstamo de US$ 7.100.000
(siete millones cien mil Dólares Americanos), destinado al mejoramiento de
la Carretera Asunción-Puerto Presidente Stroessner.-
Articulo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada la sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Representantes
de la Nación, a quince de diciembre del año un mil novecientos sesenta y
uno.
Pedro C. Gauto Samudio
J. Eulogio Estigarribia
Secretario
PRESIDENTE DE LA H. C. R.
Asunción, 18 de diciembre de 1961
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN REGISTRO
OFICIAL.-
RAUL SAPENA PASTOR
ALFREDO STROESSNER