Ley 774
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 774
POR LA CUAL SE PASA AL CUADRO DE OFICIALES DE RESERVA A DE LAS FF.AA.
DE LA NACION, A LOS ACTUALES OFICIALES DE RESERVA DE LA GUARDIA DE
SEGURIDAD DE LA POLICIA DE LA CAPITAL
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Pásese al Cuadro de Oficiales de Reserva de las FF.AA.
de la Nación, a los actuales Oficiales de Reserva de la Guardia de
Seguridad de la Policía de la Capital.
Artículo 2°.- El Ministerio de Hacienda dispondrá el traspaso al
Ministerio de Defensa Nacional las partidas presupuestarias de la Guardia
de Seguridad correspondientes a los Oficiales afectados por el Art. 1° de
la presente Ley.
Artículo 3°.-Recomendar al Comando en Jefe de las FF.AA. de la Nación
a incorporar a los actuales Oficiales que presten servicios en la Guardia
de Seguridad en los grados, especialidades y antigüedad correspondientes.
Artículo 4°.- Deróganse las disposiciones establecidas en los Arts.
272, 273, y 274 de la Ley N° 309/71 Orgánica Policial.
Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL A LOS OCHO DIAS DEL
MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE.
J. AUGUSTO SALDIVAR
JUAN RAMON CHAVES
PRESIDENTE CAMARA DE DIPUTADOS PRESIDENTE CAMARA DE SENADORES
AMÉRICO A. VELAZQUEZ CARLOS
MARIA OCAMPOS ARBO
SECRETARIO PARLAMENTARIO SECRETARIO
PARLAMENTARIO
Asunción, 16 de noviembre de 1979
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL
REGISTRO
OFICIAL.
SABINO A. MONTANARO GRAL. DE EJERC. ALFREDO
STROESSNER
MINISTRO DEL INTERIOR
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CESAR BARRIENTOS
MARCIAL SAMANIEGO
MINISTRO DE HACIENDA
MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL