Ley 792
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 792
QUE ELEVA A LA CATEGORÍA DEL DISTRITO LA COLONIA SAN PABLO (EX COCUERÉ) DEL
DEPARTAMENTO DE SAN PEDRO Y CREA UNA MUNICIPALIDAD DE TERCERA CATEGORÍA
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Art. 1º.- Elévase a la categoría del Distrito la Colonia San Pablo
(Ex-Cocuere) del Departamento de San Pedro, con los siguientes límites:
AL NORTE :El Río Jejuí, desde el lugar denominado Paso Yegros,
hasta la desembocadura del Arroyo Sargento, separándolos del
Distrito de San Pedro de Ycuá Mandiyú.
AL SUR : El canal de Estero YetÎtÎ, siguiendo la línea de mensura
de la Colonia Volendam, separándolo del Distrito de Villa
del Rosario.-
AL ESTE : El Arroyo Sargento, desde el canal principal del Estero
Yetîtî, que es su naciente, hasta su desembocadura en el
Río Jejui, separándolo de la Colonia La Niña.-
AL OESTE : Una línea recta, dirección norte-sur, que parte del
lugar denominado Paso Yegros, sigue el cause natural de
desagüe del Arroyo Mandiyú la superficie de terreno
delimitado en el Artículo 1º de esta ley.-
Art. 2º.- Desaféctase del Distrito de San Pedro de Ycua Mandiyú la
superficie de terreno delimitado en el Artículo 1º de esta ley.
Art. 3º.- Créase en el Distrito de San Pablo una Municipalidad de
Tercera Categoría.-
Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL, A LOS VEINTE DIAS
DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE
J. AUGUSTO SALDIVAR
JUAN RAMON CHAVES
PRESIDENTE CAMARA DE DIPUTADOS PRESIDENTE CAMARA DE
SENADORES
AMERICO A VELAZQUEZ CARLOS
MARIA OCAMPOS ARBO
SECRETARIO PARLAMENTARIO
SECRETARIO GENERAL
Asunción, 24 de diciembre de 1979
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.
SABINO A. MONTANARO GRAL. DE
EJERC. ALFREDO STROESSNER
MINISTRO DEL INTERIOR
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA