Ley 81

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N( 81/90<br /> QUE EXONERA DE IMPUESTO A LA EMISION Y CIRCULACION DE TITULOS VALORES<br /> EMITIDOS POR EL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY; AUTORIZA AL BANCO CENTRAL<br /> DEL PARAGUAY A UTILIZAR RECURSOS PARA PAGO DE INTERES POR EMISION DE<br /> TITULOS VALORES Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE DINERO Y EXONERA DEL<br /> IMPUESTO A LA RENTA A LAS UTILIDADES PROVENIENTES DE LOS INSTRUMENTOS<br /> DE CAPTACION DE AHORRO EMITIDOS CON AUTORIZACION DEL BANCO CENTRAL DEL<br /> PARAGUAY.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1º.- Exonérase de todo impuesto fiscal y municipal a la<br /> emisión y circulación en el mercado financiero de los Títulos Valores<br /> emitidos por el Banco Central del Paraguay. Estarán también exentas las<br /> utilidades provenientes de su colocación y venta y los intereses y rentas<br /> que dichos instrumentos generen.<br /> La instrumentación del pago de dichos intereses y rentas estará exenta del<br /> impuesto en Papel Sellado y Estampillas.<br /> Artículo 2º.- Exonérase del Impuesto a la Renta (Decreto-Ley Nº<br /> 9240/49) a todas las utilidades provenientes de la colocación o venta de<br /> Certificados de Depósitos de Ahorro y otros instrumentos de captación de<br /> ahorros emitidos con autorización del Banco Central del Paraguay por los<br /> Bancos y las otras entidades financieras. Los intereses y rentas<br /> provenientes de dichos instrumentos no constituirán hechos imponibles para<br /> la Ley de Impuesto a la Renta y la instrumentación del pago de sus<br /> intereses y rentas estará exenta del Impuesto en Papel Sellado y<br /> Estampillas.<br /> Artículo 3º.- Amplíase la estimación de ingresos del Presupuesto del<br /> Banco Central del Paraguay para el Ejercicio Fiscal 1990, en la suma de Gs.<br /> 4.350.000.000.- (CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE GUARANIES), e<br /> impútese al Código 112500000 Renta de Activos Financieros, este monto será<br /> destinado a financiar el pago de los intereses por la emisión y colocación<br /> de Títulos Valores y otras operaciones que realice respondiendo a la<br /> política monetaria del país y con fines de regulación del mercado monetario<br /> y financiero.<br /> Artículo 4º.- Amplíase el Presupuesto del Banco Central del Paraguay,<br /> Ejercicio Fiscal 1990, de conformidad al siguiente detalle:<br /> 55 95 07 10 05 00 00<br /> 21 Gastos Corrientes<br /> 212 Financieros<br /> 2121 Intereses Deuda Pública Interna<br /> 01 Deuda Pública Interna<br /> 01.02.00.00 Al Sector Privado Financiero Gs.<br /> 4.350.000.000.<br /> Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-<br /> Aprobada por la Cámara de Senadores el cinco de octubre del año un mil<br /> novecientos noventa y por la Cámara de Diputados, sancionándose la Ley, el<br /> uno de noviembre del año un mil novecientos noventa.<br /> |José A. Moreno | |Waldino Ramón Lovera |<br /> |Ruffinelli | |Presidente |<br /> |Presidente | |H. Cámara de Senadores |<br /> |H. Cámara de Diputados | | |<br /> |Carlos Caballero Roig | |Evelio Fernández |<br /> |Secretario Parlamentario| |Arévalos |<br /> | | |Secretario Parlamentario|<br /> Asunción, 8 de Noviembre de 1990.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Andrés Rodríguez<br /> Enzo Debernardi<br /> Ministro de Hacienda