Ley 875
H. Cámara de Representantes
LEY Nº 875
QUE APRUEBA Y RATIFICA LA ENMIENDA A LA CONSTITUCION DE LA
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO, ADOPTADA POR LA CONFERENCIA
DE LA O. I. T. EN SU CUADRAGESIMA SEXTA REUNION, CELEBRADA EN
GINEBRA, SUIZA, EL 22 DE JUNIO DE 1962.-
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya,
sanciona con fuerza de,
Art. 1°.- Apruébase y ratifícase la enmienda del Artículo 7, párrafo
4 a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo,
adoptada por la Conferencia de la O. I. T. en su cuadragésima sexta
reunión, celebrada en Ginebra, Suiza, el 22 de junio de 1962.
Art 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Cámara de Representantes
de la Nación, a veintiocho de junio del año un mil novecientos
sesenta y tres.
Pedro C. Gauto Samudio
J. Augusto Saldivar
SECRETARIO
VICE-PTE. 1° EN EJERCICIO
Asunción, 10 de julio de 1.963.-
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTE EN EL REGISTRO
OFICIAL.
RAUL SAPENA PASTOR ALFREDO STROESSNER