Ley 91
PODER LEGISLATIVO
LEY N( 91/90
POR LA CUAL DE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA
MUNICIPALIDAD DE ASUNCION, A TRANSFERIR A FAVOR DEL CLUB SPORT
COLONIAL, EL INMUEBLE CON CUENTA CORRIENTE CATASTRAL Nº 11-0619-90 DEL
BARRIO SANTA ANA.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase
a la Municipalidad de Asunción a transferir a favor del Club Sport
Colonial, fundado el 18 de enero de 1948, con personería jurídica Decreto
Nº 8.802 de fecha 10 de noviembre de 1951, el inmueble con Cuenta Corriente
Catastral Nº 11-0619-90 ubicado entre las calles México, Paraguarí, 33 y 35
Proyectadas del Barrio Santa Ana, con una superficie de 8.392,7.367 metros
cuadrados.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el dos de noviembre del año
un mil novecientos noventa y por la Honorable Cámara de Diputados,
sancionándose la Ley, el veinte de noviembre del año un mil novecientos
noventa.
|José A. Moreno | |Waldino Ramón Lovera |
|Ruffinelli | |Presidente |
|Presidente | |H. Cámara de Senadores |
|H. Cámara de Diputados | | |
|Carlos Caballero Roig | |Evelio Fernández |
|Secretario Parlamentario| |Arévalos |
| | |Secretario Parlamentario|
Asunción, 30 de noviembre de 1990.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodríguez
Orlando Machuca Vargas
Ministro del Interior