Ley 963
H. Cámara de Representantes
LEY N° 963
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LORETO, A TRANSFERIR A TITULO
GRATUITO AL ESTADO PARAGUAYO, UNA FRACCION DE TERRENO DE SU
PATRIMONIO PRIVADO, PARA ASIENTO DE UN CENTRO DE SALUD.-
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya,
sanciona con fuerza de,
LEY:
Art. 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Loreto, a transferir a título
gratuito al Estado Paraguayo, una fracción de terreno de su
patrimonio privado, situada dentro del éjido Urbano Comunal, para
asiento de un Centro de Salud, cuyas dimensiones y linderos actuales
son los siguientes:
Su frente al Norte, sobre las calles Loreto mide (60) sesenta metros.
Al Sur, linda con el terreno que ocupa el Señor Rafael Páez y la
Srta. Ceferina Orrego y mide (60) sesenta metros, su costado al Este
linda con el terreno que ocupa el Señor Florencio Miskinich y la Sra.
Petrona de Mendoza mide (60) sesenta metros y su costado Oeste, sobre
la calle Curupayty mide (60) sesenta metros.
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Cámara de Representantes
de la Nación, a treinta de julio del año un mil novecientos sesenta y
cuatro.
Pedro C. Gauto Samudio
J. Augusto Saldivar
SECRETARIO
VICE PRESIDENTE 1° EN EJERCICIO
Asunción, 6 de agosto de 1.964.-
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTE EN EL REGISTRO
OFICIAL.
EDGAR L. INSFRAN ALFREDO
STROESSNER