Ley 990
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 990/1983
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE MBUYAPEY, A TRANSFERIR A TITULO
GRATUITO, A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO (MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y
BIENESTAR SOCIAL), UNA FRACCION DE TERRENO DE SU PATRIMONIO PRIVADO, PARA
ASIENTO DEL CENTRO DE SALUD LOCAL
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Art. 1º.- Autorízase a la Municipalidad de Mbuyapey, a transferir a
titulo gratuito, a favor del Estado Paraguayo (Ministerio de Salud
Pública y Bienestar Social), una fracción de terreno de su patrimonio
privado, para asiento del Centro de Salud Local, cuyas dimensiones y
linderos son los siguientes:
"Su frente al Este mide 33,50 m. y linda con la calle Demetrio
Ayala; su contrafrente al Oeste sobre la calle Mayor Vera y mide
33,50 m; su costado al Norte linda con propiedad del Señor Flores y
propiedad municipal y mide 87 m., su contracostado al Sur linda con
la calle Occidental y mide 87 m.". Superficie total: 2.914 metros
cuadrados.
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL A LOS DIEZ Y NUEVE
DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES.
J. AUGUSTO SALDIVAR
JUAN RAMON CHAVES
PRESIDENTE CAMARA DE DIPUTADOS PRESIDENTE CÁMARA DE
SENADORES
JUAN ROQUE GALEANO
CARLOS MARIA OCAMPOS ARBO
SECRETARIO PARLAMENTARIO
SECRETARIO GENERAL
Asunción, 1° de junio de 1983
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.
SABINO A. MONTANARO GRAL. DE EJERCITO
ALFREDO STROESSNER
MINISTRO DEL INTERIOR
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA