Ley 991
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 991/1983
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCION, A DESAFECTAR DEL DOMINIO
PUBLICO Y A TRANSFERIR AL DOMINIO PRIVADO MUNICIPAL LA FRACCION CEDIDA EN
CONCEPTO DE CALLE EN EL LOTEAMIENTO DE LA MERCANTIL PALLARES S.A., PARA
DESTINAR A LA "UNION PARAGUAYA DE VETERANOS DE LA GUERRA DEL CHACO".
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Art. 1º.- Autorízase a la Municipalidad de Asunción, a desafectar del
dominio publico y a transferir al dominio privado municipal la
fracción cedida en concepto de calle en el loteamiento de la
Mercantil Pallarés S.A., para destinar a la "Unión Paraguaya de
Veteranos de la Guerra del Chaco, cuyas dimensiones y linderos son
los siguientes:
Al Norte mide 16.00 m. y linda con la calle 3; al sur mide 16.06 m. y
linda con la calle 4; al Este mide 125.29 m. y linda con la fracción
de terrenos de propiedad de la Unión Paraguaya de Veteranos de la
Guerra del Chaco; al Oeste mide 123.73 m. y linda con las propiedades
con Ctas. Catastrales N°s 12-613-44 y 12-613-43. Superficie:
1.992.160 metros cuadrados.
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL A LOS TRES DIAS
DEL MES DE JUNIO DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES.
J. AUGUSTO SALDIVAR
JUAN RAMON CHAVES
PRESIDENTE CAMARA DE DIPUTADOS PRESIDENTE CÁMARA DE
SENADORES
JUAN ROQUE GALEANO
CARLOS MARIA OCAMPOS ARBO
SECRETARIO PARLAMENTARIO
SECRETARIO GENERAL
Asunción, 8 de junio de 1983
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.
SABINO A. MONTANARO GRAL. DE EJERCITO
ALFREDO STROESSNER
MINISTRO DEL INTERIOR
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA