Ley 992
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 992/1983
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL BERNARDINO CABALLERO A
DESAFECTAR DEL DOMINIO PUBLICO Y A TRANSFERIR AL DOMINIO PRIVADO MUNICIPAL,
UNA PARTE DE LA CALLE MEJICO DE ESA LOCALIDAD.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Art. 1º.- Autorízase a la Municipalidad de General Bernardino Caballero a
desafectar del dominio público y a transferir al dominio privado
municipal, una parte de la calle Méjico de esa localidad, ubicad
entre las calles "Libertad" al Este y 30 de agosto al Oste, de una
dimensión de (20 m.) veinte metros de ancho por (40 m.) cuarenta
metros de largo.
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL A LOS NUEVE DIAS
DEL MES DE JUNIO DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES.
J. AUGUSTO SALDIVAR
JUAN RAMON CHAVES
PRESIDENTE CAMARA DE DIPUTADOS PRESIDENTE CÁMARA DE
SENADORES
JUAN ROQUE GALEANO
CARLOS MARIA OCAMPOS ARBO
SECRETARIO PARLAMENTARIO
SECRETARIO GENERAL
Asunción, 17 de junio de 1983
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.
SABINO A. MONTANARO GRAL. DE EJERCITO
ALFREDO STROESSNER
MINISTRO DEL INTERIOR
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA