Ley 997
H. Cámara de Representantes
LEY N° 997
QUE APRUEBA Y RATIFICA EL CONVENIO POR EL QUE SE FIJA LA EDAD DE
ADMISION DE LOS NIÑOS A LOS TRABAJOS INDUSTRIALES, ADOPTADO POR LA
CONFERENCIA GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO EN
SU VIGESIMA TERCERA REUNION CELEBRADA EN GINEBRA, SUIZA, EL 3 DE
JUNIO DE 1937.-
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya,
sanciona con fuerza de,
LEY:
Art. 1°.- Apruébase y ratifícase el CONVENIO POR EL QUE SE FIJA LA EDAD
DE ADMISION DE LOS NIÑOS A LOS TRABAJOS INDUSTRIALES, ADOPTADO POR LA
CONFERENCIA GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO EN
SU VIGESIMA TERCERA REUNION CELEBRADA EN GINEBRA, SUIZA, EL 3 DE
JUNIO DE 1937.-
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Cámara de Representantes
de la Nación, a treinta y un de agosto del año un mil novecientos
sesenta y cuatro.
Pedro C. Gauto Samudio
J. Augusto Saldivar
SECRETARIO
VICE PRESIDENTE 1° EN EJERCICIO
Asunción, 31 de agosto de 1.964.-
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTE EN EL REGISTRO
OFICIAL.
RAUL SAPENA PASTOR ALFREDO
STROESSNER