Ley Nº 1296 Del 1º De Julio De 1998. Que Concede Nacionalidad Paraguaya Honoraria A La Señora Josefina Plá.
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 1.296
QUE CONCEDE NACIONALIDAD PARAGUAYA HONORARIA A LA SEÑORA JOSEFINA PLA
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1o.- Concédese la nacionalidad paraguaya honoraria a la
señora Josefina Plá, natural de España, de conformidad con lo dispuesto en
el Artículo 151 de la Constitución Nacional.
Artículo 2o.- Promulgada esta Ley, el Presidente del Congreso
Nacional entregará a la beneficiaria una copia de la misma en un acto
público y con las solemnidades del caso.
Artículo 3o.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a
veintiún días del mes de mayo del año un mil novecientos noventa y ocho, y
por la Honorable Cámara de Diputados, a veinticuatro días del mes de junio
del año un mil novecientos noventa y ocho, quedando sancionado el mismo, de
conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución
Nacional.
|Atilio Martínez Casado | |Rodrigo Campos Cervera |
|Presidente | |Presidente |
|H. Cámara de Diputados | |H. Cámara de Senadores |
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|Patricio Miguel Franco | |Juan Manuel Peralta |
|Secretario Parlamentario | |Secretario Parlamentario |
Asunción, 1 de julio de 1998
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Jorge Raúl Garcete
Ministro del Interior