Ley N° 2898 Del 17 D Abril De 2006.que Concede Pension Graciable A La Señora Elida Maidana Vda De Ortiz
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 2898
QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA ÉLIDA MAIDANA VDA. DE ORTIZ
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Concédese pensión graciable de G. 1.000.000 (guaraníes
un millón) mensuales, a favor de la señora Élida Maidana Vda. de Ortiz,
esposa del desaparecido compositor de nuestra música paraguaya, don
Demetrio Ortiz
Artículo 2º.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la
pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del
Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la
Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de
Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 3º.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá
acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a
veintIsiete días mes de octubre del año dos mil cinco, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a treinta días del mes de marzo del año dos mil seis,
quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 207, numeral 1 de la Constitución Nacional.
Víctor Alcides Bogado González Carlos
Filizzola
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara
de Senadores
Mario Alberto Coronel Paredes Cándido Vera
Bejarano
Secretario Parlamentario
Secretario Parlamentario
Asunción, 17 de abril de 2006.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Ernst Ferdinand Bergen Schmidt
Ministro de Hacienda