Ley Nº 946 Del 30 E Agosto De 1996.que Aprueba El Acuerdo Para La Creacion De Un Grupo Tecnico Mixto En Materia De Integracion Fisica, Nota Reversal No. 13

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY Nº 946<br /> QUE APRUEBA EL ACUERDO PARA LA CREACION DE UN GRUPO TECNICO MIXTO EN<br /> MATERIA DE INTEGRACION FISICA, NOTA REVERSAL No. 13<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1o.- Apruébase el Acuerdo para la Creación de un Grupo<br /> Técnico Mixto en Materia de Integración Física, Nota Reversal Nº 13,<br /> suscrito con la República Argentina, en la ciudad de Buenos Aires el 28<br /> de noviembre de 1995, cuyo texto es como sigue:<br /> "Buenos Aires, 28 de noviembre de 1995<br /> N.R. No. 13<br /> Señor Ministro:<br /> Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia con el<br /> objeto de hacer referencia a su nota del día de la fecha, cuyo texto<br /> dice:<br /> Señor Ministro: Tengo el honor de dirigirme a Vuestra<br /> Excelencia en relación con los proyectos de integración física<br /> entre los territorios de la República Argentina y de la República<br /> del Paraguay.<br /> Al respecto, tengo el honor de proponerle en nombre de mi<br /> Gobierno, la creación de un Grupo Técnico Mixto con la finalidad de<br /> llevar adelante los proyectos de integración física entre los dos<br /> países.<br /> El Grupo Técnico Mixto tendrá a su cargo el estudio de las<br /> vías de la interconexión terrestre entre los océanos Pacífico y<br /> Atlántico, a través de la cooperación internacional. Al respecto,<br /> el Grupo Técnico Mixto propondrá aquellas vías de interconexión<br /> terrestre bioceánica que sirvan con mayor eficiencia al objetivo de<br /> integración del Cono Sur y a reunir la información que permita<br /> ponderar su viabilidad.<br /> El Grupo Técnico Mixto estará integrado por una Delegación<br /> Nacional de cada una de las Partes, que será coordinada por los<br /> Representantes de los Ministerios de Relaciones Exteriores de cada<br /> país. Asimismo, estará integrada por los Representantes que<br /> designen los respectivos Gobiernos.<br /> Adicionalmente, el Grupo Técnico Mixto elaborará una nómina<br /> de proyectos y un programa de obras de mejoramiento y mantenimiento<br /> de pasos fronterizos que podrían ser sujetos de una financiación<br /> externa tendiente a su realización.<br /> Si lo antes expuesto fuera aceptable para el Gobierno de la<br /> República del Paraguay, esta Nota y la respuesta de Vuestra Excelencia<br /> de idéntico tenor e igual fecha, constituirán un Acuerdo entre los<br /> Gobiernos que entrará en vigor en la fecha en que ambas Partes se<br /> comuniquen haber cumplido los requisitos legales internos.<br /> Hago propicia la oportunidad para renovar a Vuestra Excelencia<br /> las expresiones de mi más alta y distinguida consideración. Firmado:<br /> Guido Di Tella, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio<br /> Internacional y Culto de la República Argentina.<br /> Además, tengo el honor de confirmar en nombre de la República del<br /> Paraguay, el Acuerdo antes transcripto y convenir que la nota de Vuestra<br /> Excelencia y la presente sean consideradas como las que constituyen un<br /> Acuerdo entre los dos Gobiernos, el cual entrará en vigor en la fecha en<br /> que ambas Partes se comuniquen haber cumplido los requisitos legales<br /> internos.<br /> Hago propicia la oportunidad para renovar a Vuestra Excelencia las<br /> expresiones de mi más distinguida consideración. Firmado: Luis María<br /> Ramírez Boettner, Ministro de Relaciones Exteriores de la República del<br /> Paraguay.<br /> A su Excelencia<br /> Guido Di Tella<br /> Ministro de Relaciones Exteriores,<br /> Comercio Internacional y Culto<br /> de la República Argentina<br /> Buenos Aires, Argentina"<br /> Artículo 2o.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobada por la H. Cámara de Senadores el catorce de mayo del año un mil<br /> novecientos noventa y seis y por la H. Cámara de Diputados, sancionándose<br /> la Ley, el trece de agosto del año un mil novecientos noventa y seis.<br /> Atilio Martínez Casado<br /> Miguel Abdón Saguier<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados<br /> H. Cámara de Senadores<br /> Nelson Javier Vera Villar Antonia Núñez de López<br /> Secretario Parlamentario Secretaria Parlamentaria<br /> Asunción, 30 de agosto de 1996<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el<br /> Registro Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Juan Carlos Wasmosy<br /> Rubén Melgarejo Lanzoni<br /> Ministro de Relaciones Exteriores