Que Amplia Y Modifica El Presupuesto General De La Nacion Para El Ejercicio Fiscal 1994 Aprobado Por La Ley No. 297 De Fecha 30 De Diciembre De 1993
PODER LEGISLATIVO
LEY N( 397
QUE AMPLIA Y MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO
FISCAL 1994 APROBADO POR LA LEY No. 297 DE FECHA 30 DE DICIEMBRE DE 1993
EL CONGRESO DE LA NACION SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Amplíase la estimación de ingresos de la Administración
Central por la suma de G. 51.353.950 (cincuenta y un millones trescientos
cincuenta y tres mil novecientos cincuenta guaraníes), conforme al
siguiente detalle:
____________________________________________________________________________
___________________
CODIGO PRESUPUESTO CONCEPTO VARIACION SALDO
1994 DISMINUCION AUMENTO
____________________________________________________________________________
_____________________________
1000 Ingresos Corrientes
1330 De las Municipalidades
331 De los Municipios 1.137.074.110 0
51.353.950 1.188.428.060
____________________________________________________________________________
___________________ Total General 1.137.074.110
0 51.353.950 1.188.428.060
Artículo 2°.- Apruébase la Ampliación del Crédito Presupuestario para
la Administración Central por la suma de G. 51.353.950 (cincuenta y un
millones trescientos cincuenta y tres mil novecientos cincuenta guaraníes),
que estará afectado al presupuesto vigente de las Gobernaciones de San
Pedro y Alto Paraguay, respectivamente.
Artículo 3°.- Apruébase la transferencia de crédito para las
diferentes Gobernaciones, conforme a los Anexos que se adjuntan, y
constituyen parte de la presente disposición legal.
Artículo 4°.- Apruébase la reestructuración del Anexo del Personal de
las diferentes Gobernaciones que se detalla en Anexos que forman parte de
la presente Ley, siendo efectiva a partir del 1o. de julio del corriente.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a veintiocho días del mes de junio
del año un mil novecientos noventa y cuatro, y por la H. Cámara de
Senadores, sancionándose la Ley, a once días del mes de agosto del año un
mil novecientos noventa y cuatro.
Atilio Martínez Casado Evelio Fernández Arévalos
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
José Luis Cuevas Víctor Rodríguez Bojanovich
Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario
Asunción, de de
1994.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Crispiniano Sandoval
Ministro de Hacienda