Que Amplia Y Modifica El Presupuesto General De La Nacion Para El Ejercicio Fiscal 2004, Aprobada Por Ley N° 2344, De Fecha 31 De Diciembre De 2003.

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QUE AMPLIA Y MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL<br /> EJERCICIO FISCAL 2004, APROBADA POR LEY N° 2344, DE FECHA 31 DE<br /> DICIEMBRE DE 2003.<br /> Artículo 1º.- Apruébase la ampliación y modificación de la<br /> estimación de los ingresos de la Administración Central y de las Entidades<br /> Descentralizadas aprobadas por el Artículo 1° de la Ley N° 2344, del 31 de<br /> diciembre de 2003, por la suma de G. 719.297.129.927 (Guaraníes setecientos<br /> diecinueve mil doscientos noventa y siete millones ciento veintinueve mil<br /> novecientos veintisiete), incluidas las Transferencias Consolidables para<br /> las Entidades de la Administración Central y para las Entidades<br /> Descentralizadas, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Ley.<br /> Artículo 2°.- Apruébase la ampliación y modificación de las<br /> asignaciones de los gastos del Presupuesto General de la Nación para el<br /> Ejercicio Fiscal 2004, por la suma total de G. 719.297.129.927 (Guaraníes<br /> setecientos diecinueve mil doscientos noventa y siete millones ciento<br /> veintinueve mil novecientos veintisiete), de la cual corresponde a la<br /> Administración Central hasta la suma de G. 18.216.996.480 (Guaraníes<br /> dieciocho mil doscientos dieciséis millones novecientos noventa y seis mil<br /> cuatrocientos ochenta), y a las Entidades Descentralizadas hasta la suma de<br /> G. 701.080.133.447 (Guaraníes setecientos un mil ochenta millones ciento<br /> treinta y tres mil cuatrocientos cuarenta y siete), excluidas las<br /> Transferencias Consolidables aprobadas por el Artículo 3° de la presente<br /> Ley, conforme al detalle que se especifica a continuación.<br /> Artículo 3°.- Apruébase la ampliación y modificación de las<br /> Transferencias Consolidables del Presupuesto General de la Nación para el<br /> Ejercicio Fiscal 2004, aprobadas por el Artículo 78 de la Ley N° 2344, del<br /> 31 de diciembre de 2003, por la suma total de G. 50.856.158.890 (Guaraníes<br /> cincuenta mil ochocientos cincuenta y seis millones ciento cincuenta y ocho<br /> mil ochocientos noventa), conforme al detalle que se especifica a<br /> continuación.<br /> Artículo 4°.- La ampliación presupuestaria autorizada por la<br /> presente disposición legal será en carácter de excepción a lo establecido<br /> en los Artículos 97 y 102 de la Ley N° 2344/03.<br /> Artículo 5°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de<br /> los Anexos adjuntos a la presente Ley, de acuerdo al Clasificador<br /> Presupuestario vigente y a las técnicas de programación de ingresos y<br /> gastos hasta el nivel de metas y actividades, al solo efecto de la correcta<br /> imputación y ejecución presupuestaria.<br /> Artículo 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a treinta<br /> y un días del mes de agosto del año dos mil cuatro, y por la Honorable<br /> Cámara de Senadores, a veinticuatro días del mes de setiembre del año dos<br /> mil cuatro, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto<br /> en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel Carrizosa<br /> Galiano<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H.<br /> Cámara de Senadores<br /> Luciano Cabrera Palacios<br /> Adriana Franco de Fernández<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretaria Parlamentaria<br /> Asunción, de de 2004<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Dionisio Borda<br /> Ministro de Hacienda