Que Aprueba La Ampliacion Del Presupuesto General De La Nacion Para El Ejercicio 1992, Aprobado Por La Ley Nº 115 De Fecha 27 De Diciembre De 1991.
QUE APRUEBA LA AMPLIACION DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA
EL EJERCICIO 1992, APROBADO POR LA LEY Nº 115 DE FECHA 27 DE DICIEMBRE
DE 1991.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Amplíase la estimación de Ingresos de la Administración
Central en la suma de G. 678.007.101 (Seiscientos setenta y ocho millones
siete mil ciento un guaraníes), conforme a la siguiente clasificación:
A. Clasificación de los Ingresos Ingresos
TOTAL
Ingresos Corrientes de Capital Guaraníes
1. Administración Central 678.007.101 ---o---
678.007.101
TOTAL 678.007.101 ---o---
678.007.101
Artículo 2º.- Aprúebase la ampliación del crédito presupuestario por
un monto de G. 678.007.101 (Seiscientos setenta y ocho millones siete mil
ciento un guaraníes), para la Administración central y que será afectada de
acuerdo a la siguiente clasificación institucional:
B. Clasificación Institu- Ingresos Ingresos TOTAL
cional de los Gastos Corrientes de Capital
Guaraníes
I. Administración Central 678.007.101 ---o---
678.007.101
Poder Ejecutivo
1. Presidencia de la República
Contraloría General
de la Nación 678.007.101 ---o---
678.007.101
TOTAL 678.007.101 ---o---
678.007.101
Artículo 3º.- Facúltese al Poder Ejecutivo a autorizar la
reprogramación de los créditos cuya ampliación es aprobada por esta Ley, en
los montos asignados a la institución.
Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a veinticuatro días del mes de
setiembre del año un mil novecientos noventa y dos y por la H. Cámara de
Senadores, sancionándose la Ley, a doce días del mes de noviembre del año
un mil novecientos noventa y dos.
José A. Moreno Ruffinelli Pedro Hugo Peña
Presidente Vicepresidente 1º en
H. Cámara de Diputados Ejercicio de la Presidencia
H. Cámara de Senadores
Nelson Argaña Abrahan Esteche
Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario
Asunción, 27 de noviembre de 1992.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodríguez
Juan José Díaz Pérez
Ministro de Hacienda