Que Aumenta Pension Graciable A La Señora Eugenia Gonzalez Benitez.
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 2184
QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA EUGENIA GONZALEZ BENITEZ.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Auméntase a G. 500.000 (quinientos mil guaraníes)
mensuales, la pensión graciable concedida a favor de la señora Eugenia
González Benítez, ex funcionaria de la H. Cámara de Diputados.
Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la
pensión dispuesta en esta ley serán proveídos por la Dirección General del
Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la
Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de
Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 3°.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá
acogerse a otro beneficio jubilatorio.
Artículo 4°.- Derógase el Artículo 35 de la Ley N° 83/91.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a quince
días del mes de abril del año dos mil tres, y por la Honorable Cámara de
Senadores, a diecisiete días del mes de julio del año dos mil tres,
quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 204 de la Constitución Nacional.
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|Benjamín Maciel Pasotti |Carlos Mateo Balmelli |
|Presidente H. Cámara de Diputados|Presidente H. Cámara de Senadores |
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| |Ana María Mendoza de Acha |
|Raúl Adolfo Sánchez |Secretaria Parlamentaria |
|Secretario Parlamentario | |
Asunción, de de 2003
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Luis Angel González Macchi
Alcides Jiménez
Ministro de Hacienda