Que Aumenta Pension Graciable A La Señora Hermelinda Barreto Vda. De Vera

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1872<br /> QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA HERMELINDA BARRETO VDA. DE<br /> VERA<br /> Artículo 1º.- Auméntase a G. 500.000 (Quinientos mil guaraníes)<br /> mensuales, la pensión graciable concedida a la señora Hermelinda Barreto<br /> Vda. de Vera, esposa del ex-Alcalde Tránsito Ramón Vera Riveros, quien<br /> falleciera en acto de servicio.<br /> Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la<br /> pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del<br /> Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la<br /> Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de<br /> Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.<br /> Artículo 3°.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá<br /> acogerse a otros beneficios jubilatorios.<br /> Artículo 4°.- Derógase la Ley Nº 1174 del 25 de noviembre de 1997.<br /> Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los<br /> once días del mes de octubre del año dos mil uno, quedando sancionado el<br /> mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a los veintiún días del mes de<br /> marzo del año dos mil dos, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204<br /> de la Constitución Nacional.<br /> Juan Darío Monges Espínola Juan Roque<br /> Galeano Villalba<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H.<br /> Cámara de Senadores<br /> Juan José Vázquez Vázquez<br /> Alicia Jové Dávalos<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretaria Parlamentaria<br /> Asunción, de de 2002<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Luis Ángel González Macchi<br /> James Spalding<br /> Ministro de Hacienda