Que Aumenta Pension Graciable A La Señora Lidia Ramona Lugo Vda. De Rodriguez.
PODER LEGISLATIVO
LEY N( 319
QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA LIDIA RAMONA LUGO VDA. DE
RODRIGUEZ
EL CONGRESO DE LA NACION SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Auméntase la pensión graciable a G. 250.000 (doscientos
cincuenta mil guaraníes) mensuales, a la Señora Lidia Ramona Lugo Vda. de
Rodríguez, esposa del ex-combatiente de la Guerra del Chaco Sgto. 1o.
Humberto Valentín Rodríguez Garcete.
Artículo 2°.- La Dirección del Tesoro pagará estas erogaciones con
cargo a los fondos del Presupuesto General de la Nación.
Artículo 3°.- Derógase el Artículo 12 de la Ley No. 84 de fecha 16 de
diciembre de 1991.
Artículo 4°.- La beneficiaria de esta pensión no podrá acogerse a
otros beneficios jubilatorios.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el siete de diciembre del año
un mil novecientos noventa y tres y por la Honorable Cámara de Diputados,
sancionándose la Ley el veinte y nueve de marzo del año un mil novecientos
noventa y cuatro.
Francisco José de Vargas Evelio Fernández Arévalos
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
Fermín Ramírez
Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario
Asunción, de de 1994
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Crispiniano Sandoval
Ministro de Hacienda