Que Autoriza A La Municipalidad De Asunción A Erigir Un Monolito A La Memoria Del Tte. 1º Demetrio Araujo Miño, En La Calle Que Lleva El Nombre Del Mencionado Héroe De La Guerra Del Chaco, Ubicada En
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 09/92
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCION A ERIGIR UN MONOLITO A LA
MEMORIA DEL TTE. 1º DEMETRIO ARAUJO MIÑO, EN LA CALLE QUE LLEVA EL
NOMBRE DEL MENCIONADO HEROE DE LA GUERRA DEL CHACO, UBICADA EN EL
BARRIO CAÑADA DEL YBYRAY DEL CITADO MUNICIPIO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Autorízase a la Municipalidad de Asunción a erigir un
monolito a la memoria del Tte. 1º Demetrio Araujo Miño, en la Calle que
lleva el nombre del mencionado héroe de la Guerra del Chaco, ubicada en
virtud de la Ordenanza Municipal Nº 2/92 en el Barrio Cañada del Ybyray del
citado Municipio.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a cuatro días del mes de junio del
año un mil novecientos noventa y dos y por la H. Cámara de Senadores,
sancionándose la Ley, a nueve días del mes de julio del año un mil
novecientos noventa y dos.
|José A. Moreno Rufinelli |Gustavo Díaz de Vivar |
|Presidente |Presidente |
|Honorable Cámara de Diputados|Honorable Cámara de |
| |Senadores |
| | |
|Carlos Galeano Perrone |Julio Rolando Elizeche |
|Secretario Parlamentario |Secretario Parlamentario |
Asunción, 28 de julio de 1992.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodriguez
Orlando Machuca Vargas
Ministro del Interior