Que Autoriza A La Municipalidad De Asunción A Erigir Una Escultura En Homenaje Al Doctor Andres Barbero, Ilustre Filántropo Paraguayo
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCION A ERIGIR UNA ESCULTURA EN
HOMENAJE AL DOCTOR ANDRES BARBERO, ILUSTRE FILANTROPO PARAGUAYO.
Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Asunción a erigir una
escultura en homenaje al doctor Andrés Barbero, ilustre filántropo
paraguayo, en la plazoleta que lleva su nombre, ubicada entre la avenida
Artigas y las calles Río Paraguay y doctor Andrés Barbero, del citado
municipio.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a nueve
días del mes de octubre del año dos mil tres, y por la Honorable Cámara de
Senadores, a treinta días del mes de octubre del año dos mil tres, quedando
sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de
la Constitución Nacional.
Benjamín Maciel Pasotti Carlos Mateo
Balmelli
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
Raúl Adolfo Sánchez Ana
María Mendoza de Acha
Secretario Parlamentario Secretaria
Parlamentaria
Asunción, de de 2003.-
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Orlando Fiorotto
Ministro del Interior