Que Autoriza A La Municipalidad De Mariano Roque Alonso A Transferir A Título Oneroso A Favor De Sus Actuales Ocupantes, Un Inmueble Individualizado Como Parte De La Finca N° 15752, Ubicado En El Barr
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE MARIANO ROQUE ALONSO A TRANSFERIR A
TITULO ONEROSO A FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES, UN INMUEBLE
INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 15752, UBICADO EN EL BARRIO
SAN BLAS DEL CITADO MUNICIPIO
Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Mariano Roque Alonso a
transferir a título oneroso a favor de sus actuales ocupantes, un inmueble
individualizado como parte de la Finca N° 15752, inscripto en la Dirección
General de los Registros Públicos bajo el N° 1 al folio 1 y siguientes del
año 2000, ubicado en el Barrio San Blas del Municipio de Mariano Roque
Alonso, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
LINEA 3A-4: Con rumbo S - 7° 29' - W (Sur, siete grados, veintinueve
minutos, Oeste), mide 147,94 m. (Ciento cuarenta y siete
metros con noventa y cuatro centímetros), linda con el
arroyo Itay;
LINEA 4-5: Con rumbo N - 74° 33' 13" - W (Norte, setenta y cuatro grados,
treinta y tres minutos, trece segundos, Oeste), mide 427,57
m. (Cuatrocientos veintisiete metros con cincuenta y siete
centímetros), linda con el resto de la Finca N° 6492;
LINEA 5-5A: Con rumbo N - 21° 38' - E (Norte, veintiún grados, treinta y
ocho minutos, Este), mide 147,37m. (Ciento cuarenta y siete
metros con treinta y siete centímetros), linda con la calle
pública; y,
LINEA 5A-3A: Con rumbo S - 74° 33' 13" - E (Sur, setenta y cuatro
grados, treinta y tres minutos, trece segundos, Este), mide
391,19 m. (Trescientos noventa y un metros con diecinueve
centímetros), linda con el resto de la Finca N° 15752.
SUPERFICIE: 6 HAS. (SEIS HECTÁREAS).
Artículo 2°.- La suma obtenida por la venta del inmueble
individualizado en el Artículo 1° de la presente Ley será destinada
exclusivamente para la adquisición de otro inmueble para espacio verde o
plaza.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los
nueve días del mes de setiembre del año dos mil tres, quedando sancionado
el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados a los once días del mes de
diciembre del año dos mil tres, de conformidad a lo dispuesto en el
Artículo 207, numeral 1) de la Constitución Nacional.
Benjamín Maciel Pasotti
Carlos Mateo Balmelli
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados
H. Cámara de Senadores
Armín Diez Pérez Duarte
Mirtha Vergara de Franco
Secretario Parlamentario
Secretaria Parlamentaria
Asunción, de de 2003
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Orlando Fiorotto
Ministro del Interior