Que Autoriza Al Ministerio De Hacienda La Transferencia De Credito Y La Reprogramacion Del Anexo Del Personal Dentro Del Presupuesto 1996 De La Universidad Nacional De Asuncion
QUE AUTORIZA AL MINISTERIO DE HACIENDA LA TRANSFERENCIA DE CREDITO Y LA
REPROGRAMACION DEL ANEXO DEL PERSONAL DENTRO DEL PRESUPUESTO 1996 DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCION
Artículo 11.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la transferencia
de crédito y la reprogramación del anexo del personal dentro del
presupuesto 1996 de la Universidad Nacional de Asunción por la suma de G.
963.984.884.- (NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y
CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO GUARANIES), conforme al detalle que
se adjunta y forma parte de la presente ley.
Artículo 21.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Diputados, a dieciséis días del mes de
julio del año un mil novecientos noventa y seis, y por la Honorable Cámara
de Senadores, sancionándose la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 207, numeral 1 de la Constitución, a ocho días del mes de agosto
del año un mil novecientos noventa y seis.
Atilio Martínez Casado Miguel Abdón
Saguier
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados
H. Cámara de Senadores
Nelson Javier Vera Villar
Antonia Núñez de López
Secretario Parlamentario
Secretaria Parlamentaria
Asunción, de
de 1996.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el
Registro Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Carlos A. Facetti
Ministro de Hacienda