Que Autoriza Al Poder Ejecutivo, Ministerio De Educacion Y Cultura A Transferir A Titulo Gratuito A Favor Del Obispado De Encarnacion, Una Fraccion De Terreno, Propiedad Del Estado Paraguayo, Individu
TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL OBISPADO DE ENCARNACION, UNA
FRACCION DE TERRENO, PROPIEDAD DEL ESTADO PARAGUAYO, INDIVIDUALIZADA
COMO PARTE DE LA FINCA Nº 5111, DISTRITO DE CAPITAN MEZA, ASIENTO DE
LA CAPILLA "MARIA AUXILIADORA", UBICADA EN EL KM. 32 DEL DISTRITO
EDELIRA.
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo, Ministerio de
Educación y Cultura a transferir a la Iglesia Católica, Prelatura de
Encarnación, una fracción de terreno de su propiedad, ubicada en Edelira,
Kilómetro 32, del Distrito de Capitán Meza, Departamento Itapúa, inscripta
en mayor porción en la Dirección General de los Registros Públicos como
Finca Nº 5111 del Distrito de Capitán Meza, bajo Nº 1, al Folio 1 y
siguientes del 10 de noviembre de 1987, con Padrón Nº 4933,en forma
gratuita y sin costo alguno para el Estado, cuyas dimensiones y linderos
son los siguientes:
AL NORTE: con rumbo magnético N 60º 00' E (Norte, sesenta
grados, cero minuto, Este), mide 120,00 m. (ciento veinte metros),
linda con el lote Nº 213;
AL ESTE: con rumbo magnético N 31º 56' W (Norte, treinta y un
grados, cincuenta y seis minutos, Oeste), mide 50,00 m. (cincuenta
metros), linda con el resto de la Finca Nº 5111;
AL SUR: con rumbo magnético N 60º 00' E (Norte, sesenta grados,
cero minuto, Este), mide 120,00 m. (ciento veinte metros), linda con
el resto de la Finca Nº 5111; y,
AL OESTE: con rumbo magnético N 31º 56' W (Norte, treinta y un
grados, cincuenta y seis minutos, Oeste), mide 50,00 m. (cincuenta
metros), linda con camino público.
SUPERFICIE: 6.000 m2 (seis mil metros cuadrados).
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a
veintidós días del mes de julio del año dos mil cuatro, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a veintitrés días del mes de setiembre del año dos mil
cuatro, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel
Carrizosa Galiano
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Luciano Cabrera Palacios Cándido
Vera Bejarano
Secretario Parlamentario Secretario
Parlamentario
Asunción, de de 2004
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Orlando Fiorotto
Ministro del Interior