Que Autoriza La Transferencia De Creditos Y La Modificacion Del Anexo Del Personal Dentro Del Presupuesto Fiscal 2002, Del Ministerio De Relaciones Exteriores, Aprobado Por Ley N° 1857, De Fecha 8 De
QUE AUTORIZA LA TRANSFERENCIA DE CREDITOS Y LA MODIFICACION DEL
ANEXO DEL PERSONAL DENTRO DEL PRESUPUESTO FISCAL 2002, DEL MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, APROBADO POR LEY N° 1857, DE FECHA 8 DE
ENERO DE 2002.
Artículo 1°.- Autorízase la modificación del Presupuesto General de
la Nación, a los efectos de la transferencia de créditos y la
reprogramación del Anexo del Personal dentro del Presupuesto 2002 del
Ministerio de Relaciones Exteriores (Servicio de Relaciones Exteriores) por
la suma de G.268.919.900 (doscientos sesenta y ocho millones novecientos
diecinueve mil novecientos guaraníes), conforme al Anexo que se adjunta y
forma parte de la presente ley.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a diez
días del mes de setiembre del año dos mil dos, y por la Honorable Cámara de
Senadores, a treinta y un días del mes de octubre del año dos mil dos,
quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Oscar Alberto González Daher Juan Carlos
Galaverna D.
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Carlos Aníbal Páez Rejalaga Alicia Jové
Dávalos
Secretario Parlamentario
Secretaria Parlamentaria
Asunción, de de 2002
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Luis Angel González Macchi
James Spalding
Ministro de Hacienda