Que Crea El Municipio Katuete, En El Xiv Departamento Canindeyu Y Una Municipalidad Con Asiento En El Pueblo Katuete
MUNICIPALIDAD CON ASIENTO EN EL PUEBLO KATUETE
Artículo 1o.- Créase el Municipio Katueté en el XIV
Departamento Canindeyú con asiento en el Pueblo Katueté y a este
efecto, desaféctase su territorio del Distrito Francisco Caballero
Alvarez con los siguientes límites:
LIMITE NORTE
LINEA 35-I: Con rumbo Magnético S-58º 00' 00"-E (Sur
cincuenta y ocho grados cero minutos cero segundos, Este), mide
3.650 ms (Tres mil seiscientos cincuenta metros).
Su límite natural es el Río Carapá desde el mojón No. 35
ubicado en la ribera del Río Carapá y la picada Carapá, hasta el
mojón I.
Limita con el Distrito Francisco Caballero Alvarez.
LINEA I-II: Con rumbo Magnético N-07º 00' 00"-W (Norte siete
grados cero minutos cero segundos, Oeste), mide 3.750 ms (Tres mil
setecientos cincuenta metros).
Su límite natural es el Río Carapá desde el mojón I ubicado
en un recodo del citado río, hasta el mojón II.
Limita con el Distrito Francisco Caballero Alvarez.
LINEA II-III: Con rumbo Magnético S-84º30'00"-E (Sur ochenta
y cuatro grados treinta minutos cero segundos, Este), mide 5.000 ms
(Cinco mil metros).
El límite natural es el Río Carapá desde el mojón II ubicado
en la desembocadura de un arroyito sin nombre, hasta el mojón III.
Limita con el Distrito Francisco Caballero Alvarez.
LINEA III-IV: Con rumbo Magnético S-32º00'00"-W (Treinta y
dos grados cero minutos cero segundos, Oeste), mide 5.900 ms (Cinco
mil novecientos metros).
El límite natural es el Río Carapá desde el mojón III que está
ubicado en la desembocadura de un arroyito sin nombre, hasta el mojón
IV.
Limita con el Distrito Francisco Caballero Alvarez.
LINEA IV-V: Con rumbo Magnético N-80º45'00"-E (Norte ochenta grados
cuarenta y cinco minutos cero segundos, Este), mide 5.800 ms (Cinco
mil ochocientos metros).
El límite natural es el Río Carapá desde el mojón IV que está ubicado
en la desembocadura de un arroyito sin nombre en un recodo del río,
hasta el mojón V.
Limita con el Distrito Francisco Caballero Alvarez.
LIMITE ESTE
LINEA V-VI: Con rumbo Magnético S-08º04'47"-E (Sur ocho grados cuatro
minutos cuarenta y siete segundos, Este), mide en línea recta 8.120,71
ms (Ocho mil ciento veinte metros con setenta y un centímetros).
El límite natural es el camino Alborada-Ibel desde el mojón V ubicado
al costado del puente del camino citado sobre el Río Carapá, hasta el
mojón VI.
Limita con el Distrito Francisco Caballero Alvarez.
LINEA VI-VII: Con rumbo Magnético S-03º07'39"-E (Sur tres grados
siete minutos treinta y nueve segundos, Este), mide en línea recta
12.361,28 ms (Doce mil trescientos sesenta y un metros con veinte y
ocho centímetros).
El límite es una línea imaginaria que parte del mojón VI ubicado a un
costado del puente del camino Alborada-Ibel sobre el arroyo Tayí-caré,
hasta el mojón VII.
Limita con el Distrito Francisco Caballero Alvarez.
LINEA VII-VIII: Con rumbo Magnético S-45º15'00"-W (Sur cuarenta y
cinco grados quince minutos cero segundos, Oeste), mide en línea recta
6.350 ms (Seis mil trescientos cincuenta metros).
El límite natural es el arroyito afluente del Arroyo Itabó que parte
del mojón VII ubicado en la desembocadura de dos arroyos confluentes
del Itabó, hasta el mojón VIII.
Limita con el Distrito Francisco Caballero Alvarez.
LINEA VIII-IX: Con rumbo Magnético S-16º15'00"-W (Sur diez y seis
grados quince minutos cero segundos, Oeste), mide en línea recta 6.100
ms (Seis mil cien metros).
El límite es una línea imaginaria que une la naciente del arroyito
donde está ubicado el mojón VIII, hasta el mojón IX.
Limita con el Distrito Francisco Caballero Alvarez.
LINEA IX-X: Con rumbo Magnético S-23º45'00"-E (Sur veinte y tres
grados cuarenta y cinco minutos cero segundos, Este), mide en línea
recta 3.250 ms (Tres mil doscientos cincuenta metros).
El límite natural es un arroyito sin nombre desde su naciente donde
está ubicado el mojón IX hasta su desembocadura en al Arroyo Pozuelo.
Limita con el Distrito Francisco Caballero Alvarez.
LIMITE SUR
LINEA X-21: Con rumbo Magnético S-89º00'00"-W (Sur ochenta y nueve
grados cero minutos cero segundos, Oeste), mide en línea recta 9.450
ms (Nueve mil cuatrocientos cincuenta metros).
El límite natural es el Arroyo Pozuelo desde el mojón No. X ubicado
en la desembocadura de un arroyito sin nombre, hasta el mojón No. 21.
Esta línea es parte de la línea 20-21 (Ley No. 1.275).
Limita con el Distrito Saltos del Guairá.
LINEA 21-22: Con rumbo Magnético S-10º00'00"-E (Sur diez grados cero
minutos cero segundos, Este), mide en línea recta 16.200 ms (Diez y
seis mil doscientos metros).
El límite natural es el camino vecinal que arranca de otro, Troncal 4-
Itabó Cubas, desde el mojón No. 21, ubicado en el lugar en que el
referido camino cruza sobre el Arroyo Pozuelo, muy próximo a su
naciente y termina en el mojón No. 22.
Limita con el Distrito Saltos del Guairá.
LINEA 22-23: Con rumbo Magnético N-73º00'00"-W (Norte setenta y tres
grados cero minutos cero segundos, Oeste), mide en línea recta 15.200
ms (Quince mil doscientos metros).
El límite natural es el Río Itambey, desde el mojón No. 22 ubicado en
el lugar por donde el camino vecinal nombrado en el punto anterior
cruza el río, hasta el mojón No. 23.
LINEA 23-24: Con rumbo Magnético N-20º00'00"-W (Norte veinte grados
cero minutos cero segundos, Oeste), mide en línea recta 8.000 ms (Ocho
mil metros).
El límite natural es el Río Itambey, desde el mojón No. 23 ubicado al
costado del puente de la Super Carretera de ITAIPU, que cruza el río
hasta el mojón No. 24.
LINEA 24-25: Con rumbo Magnético N-63º00'00"-W (Norte sesenta y tres
grados cero minutos cero segundos, Oeste), mide en línea recta 9.800
ms (Nueve mil ochocientos metros).
El límite natural es el Río Itambey, desde el mojón No. 24 ubicado en
un recodo del mismo, hasta el mojón No. 25.
LIMITE OESTE
LINEA 25-26: Con rumbo Magnético N-3º00'00"-E (Norte tres grados cero
minutos cero segundos, Este), mide en línea recta 5.500 ms (Cinco mil
quinientos metros).
El límite natural es un pequeño arroyo sin nombre, afluente del Río
Itambey, desde el mojón No. 25, ubicado en la desembocadura de dicho
arroyo, hasta el mojón No. 26.
LINEA 26-27: Con rumbo Magnético N-66º00'00"-E (Norte sesenta y seis
grados cero minutos cero segundos, Este), mide en línea recta 7.400 ms
(Siete mil cuatrocientos metros).
El límite es la línea que nace en el mojón No. 26, ubicado en el
cruce de caminos y termina en el mojón No. 27.
LINEA 27-28: Con rumbo Magnético N-15º 00' 00"-E (Norte quince
grados cero minutos cero segundos, Este), mide en línea recta 9.000
ms (Nueve mil metros).
El límite natural es un arroyo sin nombre, afluente del Arroyo Cadete-
cué, desde el mojón No. 27, ubicado en su naciente, hasta el mojón No.
28.
LINEA 28-29: Con rumbo Magnético N-52º00'00"-E (Norte cincuenta y dos
grados cero minutos cero segundos, Este), mide en línea recta 5.000 ms
(Cinco mil metros).
El límite natural es el Arroyo Cadete-cué, desde el mojón No. 28,
ubicado en la desembocadura de un pequeño afluente, hasta el mojón No.
29.
LINEA 29-30: Con rumbo Magnético S-79º00'00"-E (Sur setenta y nueve
grados cero minutos cero segundos, Este), mide en línea recta 4.500 ms
(Cuatro mil quinientos metros).
El límite natural es el Arroyo Yaguaty, desde el mojón No. 29,
ubicado en la desembocadura del Arroyo Cadete-cué, hasta el mojón No.
30.
LINEA 30-31: Con rumbo Magnético N-30º00'00"-E (Norte treinta grados
cero minutos cero segundos, Este), mide en línea recta 5.700 ms (Cinco
mil setecientos metros).
El límite natural es el Arroyo Yaguaty, desde el mojón No. 30,
ubicado en un recodo del mismo, hasta el mojón No. 31.
LINEA 31-32: Con rumbo Magnético S-45º00'00"-E (Sur cuarenta y cinco
grados cero minutos cero segundos, Este), mide en línea recta 3.700 ms
(Tres mil setecientos metros).
El límite natural es el Arroyo Yaguaty, desde el mojón No. 31,
ubicado en un recodo del mismo, hasta el mojón No. 32.
LINEA 32-33: Con rumbo Magnético N-10º00'00"-E (Norte diez grados
cero minutos cero segundos, Este), mide en línea recta 7.100 ms (Siete
mil cien metros).
El límite natural es la Super Carretera de ITAIPU, desde el mojón No.
32, ubicado al costado del puente sobre el Arroyo Yaguaty, hasta el
mojón No. 33.
LINEA 33-34: Con rumbo Magnético N-89º00'00"-E (Norte ochenta y nueve
grados cero minutos cero segundos, Este), mide en línea recta 40 ms
(Cuarenta metros).
El límite natural es la Ruta Curuguaty-Saltos del Guairá, desde el
mojón No. 33, ubicado en el punto de empalme con la Super Carretera de
ITAIPU, hasta el mojón No. 34.
LINEA 34-35: Con rumbo Magnético N-8º00'00"-E (Norte ocho grados cero
minutos cero segundos, Este), mide 7.500 ms (Siete mil quinientos
metros).
El límite natural es la picada Carapá, desde el mojón No. 34, ubicado
sobre la Ruta Curuguaty-Saltos del Guairá, hasta el mojón No. 35.
Limita desde el mojón No. 25 al 35 con el Distrito Corpus Christi.
Artículo 2o.- El área delimitada del Municipio creado por el artículo
anterior de la presente Ley, abarca la superficie de 100.533 Has. 4.934 m2
(Cien mil quinientos treinta y tres Hectáreas con cuatro mil novecientos
treinta y cuatro metros cuadrados).
Artículo 3o.- Esta Ley entrará en vigencia con la elección de sus
autoridades en las próximas elecciones municipales en todo el país.
Artículo 4o.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a treinta días del mes de noviembre
del año un mil novecientos noventa y tres, y por la H. Cámara de Senadores,
sancionándose la Ley, a once días del mes de mayo del año un mil
novecientos noventa y cuatro.
Francisco José de Vargas Evelio Fernández
Arévalos
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Paraguayo Cubas Colomes Julio Rolando
Elizeche
Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario
Asunción, de
de 1994.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el
Registro Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Carlos Podestá
Ministro del Interior