Que Declara De Interes Social Y Expropia A Favor De La Municipalidad De Aregua, El Inmueble Individualizado Como Finca N. 638, Ubicado En La Compañia Valle Pucu, Distrito De Aregua.
AREGUA, EL INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO FINCA N°. 638, UBICADO EN LA
COMPAÑIA VALLE PUCU, DISTRITO DE AREGUA.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1°.- Declárase de interés social y exprópiase a favor de la
Municipalidad de Areguá, el inmueble individualizado como Finca N° 638,
ubicado en la Compañía Valle Pucú, Distrito de Areguá, para asiento de una
plaza pública, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
RECTA A-B: Con rumbo N-28° -E (Norte, veintiocho grados,
Este), mide 91,55 m. (noventa y un metros con cincuenta y cinco
centímetros), linda con camino público que va de Areguá a Luque, y que lo
separa de los derechos de Jorge Saist;
RECTA B-C: Con rumbo S-61° 30" -E (Sur, sesenta y un
grados, treinta segundos, Este), mide 70 m. (setenta metros), linda con los
derechos de Doña Asunción Chávez;
RECTA C-D: Con rumbo S-28° -O (Sur, veintiocho grados,
Oeste), mide 38,75 m. (treinta y ocho metros con setenta y cinco
centímetros), linda con terreno fiscal, solicitado y ocupado por Juan
Servín; y,
RECTA D-A: Con rumbo N-63° 54" -O (Norte, sesenta y tres
grados, cincuenta y cuatro segundos, Oeste), mide 70 m. (setenta metros),
linda con derechos de Doña Basilia Mancuello.
SUPERFICIE: 2.809,68 m2 (DOS MIL OCHOCIENTOS NUEVE METROS
CUADRADOS CON SESENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS).
Artículo 2°. - Procédase a indemnizar a las personas que legítimamente
acrediten la calidad de propietarios del inmueble expropiado, de
conformidad a lo dispuesto por el Artículo 109 de la Constitución Nacional.
La Municipalidad de Areguá y los propietarios acordarán en un plazo de
noventa días el precio de la finca expropiada. En caso de no haber acuerdo
en el citado plazo, las partes recurrirán al Juzgado de Primera Instancia
que corresponda, a los efectos de la determinación judicial del precio.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados a
veintidós día del mes de octubre del año un mil novecientos noventa y ocho,
y por la Honorable Cámara de Senadores, a siete días del mes de enero del
año un mil novecientos noventa y nueve, quedando sancionado el mismo, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución
Nacional.
Walter Hugo Bower Montalto Luis
Angel González Macchi
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados
H. Cámara de Senadores
Sonia Leonor Deleón Franco
Ilda Mayeregger
Secretaria Parlamentaria
Secretaria Parlamentaria
Asunción, 21 de enero de 1999.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
Raúl Cubas Grau
El Presidente de la República
Rubén Arias Mendoza
Ministro del Interior