Que Declara De Interes Social Y Expropia A Favor De La Municipalidad De Ciudad Del Este, Para Ser Transferido A Titulo Oneroso A Favor De Sus Actuales Ocupantes, Un Inmueble Individualizado Como Finca
QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD
DE CIUDAD DEL ESTE, PARA SER TRANSFERIDO A TITULO ONEROSO A FAVOR DE
SUS ACTUALES OCUPANTES, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO FINCA N°
15.683, UBICADO EN EL Km. 6 MONDAY, DEL CITADO MUNICIPIO.
Artículo 1°.- Declárase de interés social y exprópiase a favor de la
Municipalidad de Ciudad del Este, un inmueble individualizado como Lote N°
16 D de la Manzana N° 021, calle 6 Monday, inscrita en la Dirección General
de los Registros Públicos como Finca N° 15.683, bajo el N° 1 y al folio 1 y
siguientes del 13 de julio de 1992, para ser transferido a título oneroso a
sus actuales ocupantes, ubicado en el Km. 6 Monday, del citado municipio,
cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
LINEA 1-2: Con rumbo S-28( 00'-W (Sur, veintiocho grados, cero
minuto, Oeste), mide 169,93 ms. (ciento sesenta y nueve metros con
noventa y tres centímetros), linda con propiedad municipal;
LINEA 2-3: Con rumbo S-79( 15'-E (Sur, setenta y nueve grados,
quince minutos, Este), mide 267,22 ms. (doscientos sesenta y siete
metros con veintidós centímetros), linda con propiedad privada;
LINEA 3-4: Con rumbo S-72( 51' 45"-E (Sur, setenta y dos
grados, cincuenta y un minutos, cuarenta y cinco segundos, Este), mide
87,99 ms. (ochenta y siete metros con noventa y nueve centímetros),
linda con el lote 16-E;
LINEA 4-5: Con rumbo N-41( 12'-E (Norte, cuarenta y un grados,
doce minutos, Este), mide 74,12 ms. (setenta y cuatro metros con doce
centímetros), linda con propiedad privada;
LINEA 5-6: Con rumbo N-38( 07'-W (Norte, treinta y ocho grados,
siete minutos, Oeste), mide 3 ms. (tres metros), linda con propiedad
municipal;
LINEA 6-7: Con rumbo N-23( 28'-E (Norte, veintitrés grados,
veintiocho minutos, Este), mide 8,71 ms. (ocho metros con setenta y un
centímetros), linda con propiedad privada; y,
LINEA 7-1: Con rumbo N-63( 16' 54"-W (Norte, sesenta y tres
grados, dieciséis minutos, cincuenta y cuatro segundos, Oeste), mide
355,19 ms. (trescientos cincuenta y cinco metros con diecinueve
centímetros), linda con propiedad privada.
SUPERFICIE: 42.428,3.705 ms². (cuarenta y dos mil cuatrocientos
veintiocho metros cuadrados con tres mil setecientos cinco centímetros
cuadrados).
Artículo 2°.- Procédase a indemnizar a las personas que legítimamente
acrediten la calidad de propietarios del inmueble expropiado, de
conformidad a lo dispuesto por el Artículo 109 de la Constitución Nacional.
La Municipalidad de Ciudad del Este y los propietarios, acordarán en un
plazo de noventa días el precio de la finca expropiada. En caso de no haber
acuerdo en el citado plazo, las partes recurrirán al Juzgado de Primera
Instancia que corresponda, a los efectos de la determinación del precio.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a cinco
días del mes de julio del año dos mil uno, y por la Honorable Cámara de
Senadores, a trece días del mes de setiembre del año dos mil uno, quedando
sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de
la Constitución Nacional.
Mirian Graciela Alfonso González Luis Guanes Gondra
Vicepresidente 1°
Vicepresidente 1°
En ejercicio de la Presidencia En ejercicio de la
Presidencia
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
Rosalino Andino Scavone Darío Antonio Franco
Flores
Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario
Asunción, de de 2001
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Luis Angel González Macchi
Julio César Fanego Arellano
Ministro del Interior
rdl