Que Declara De Interes Social Y Expropia A Favor De La Municipalidad De Encarnacion Un Inmueble Ubicado En El Municipio De Encarnacion.
PODER LEGISLATIVO
LEY N( 683
QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE
ENCARNACION UN INMUEBLE UBICADO EN EL MUNICIPIO DE ENCARNACION.
EL CONGRESO DE LA NACION SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Declárase de interés social y exprópiase a
favor de la Municipalidad de Encarnación, el inmueble
individualizado como Finca Nº 12.187, anotado en la Dirección
General de los Registros Públicos, Sección Inmueble, de la Octava
Sección de Encarnación bajo el Nº 2 y al Folio 3 y siguientes del
año 1968, perteneciente al Señor Manuel Leonardo Sosa Pukall, de
414 ms2. (cuatrocientos catorce metros cuadrados), 630 cms2.
(seiscientos treinta centímetros cuadrados) de superficie, a favor
de la Municipalidad de Encarnación, para su transferencia posterior
a la Comisión Vecinal del Barrio "Defensores del Chaco" (ex-IPVU),
de la Ciudad de Encarnación.
Artículo 2º.- Procédase a indemnizar a la persona que
legítimamente acredite la calidad de propietario del inmueble
expropiado, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 109 de la
Constitución Nacional. La Municipalidad de Encarnación y el
propietario acordarán el precio del inmueble expropiado. En caso
de no haber acuerdo las partes deberán recurrir al Juzgado de
Primera Instancia en lo Civil y Comercial a los efectos de la
determinación judicial del precio.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados, a cuatro días del mes de
octubre del año un mil novecientos noventa y cuatro, y por la H.
Cámara de Senadores, sancionándose la Ley de conformidad con lo
dispuesto en el Artículo 206 de la Constitución, a siete días del
mes de setiembre, del año un mil novecientos noventa y cinco.
Juan Carlos Ramírez Montalbetti
Milciades Rafael Casabianca
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados
H. Cámara de Senadores
Heinrich Ratzlaff Epp
Tadeo Zarratea
Secretario Parlamentario
Secretario Parlamentario
Asunción, 14 de setiembre de 1995.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el
Registro Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Carlos Podestá
Ministro del Interior