Que Declara De Interes Social Y Expropia A Favor De La Municipalidad De Hernandarias Una Fraccion De Inmueble, Individualizada Como Parte De La Finca N° 20824, Para Apertura De Calle, Ubicada En El Ba
DE HERNANDARIAS UNA FRACCION DE INMUEBLE, INDIVIDUALIZADA COMO PARTE
DE LA FINCA N° 20824, PARA APERTURA DE CALLE, UBICADA EN EL BARRIO SAN
FRANCISCO DEL CITADO MUNICIPIO.
Artículo 1º.- Declárase de interés social y exprópiase a favor de la
Municipalidad de Hernandarias una fracción de inmueble, individualizada
como parte de la Finca N° 20824, Lote Agrícola N° 82-B, de la Manzana II,
inscripta en la Dirección General de los Registros Públicos, bajo el N° 1
al folio 1 y siguientes del año 1987, para apertura de calle, con una
superficie de 2.142 m2 9.443 cm2 (Dos mil ciento cuarenta y dos metros
cuadrados con nueve mil cuatrocientos cuarenta y tres centímetros
cuadrados), ubicada en el Barrio San Francisco del citado municipio.
Artículo 2º.- Procédase a indemnizar a las personas que
legítimamente acrediten la calidad de propietarios del inmueble expropiado,
conforme con lo dispuesto por la Constitución Nacional y las leyes. La
Municipalidad de Hernandarias y los propietarios acordarán en un plazo de
noventa días el precio de la finca expropiada. En caso de no haber acuerdo
en el citado plazo, las partes recurrirán al Juzgado de Primera Instancia
que corresponda, a los efectos de la determinación judicial del precio.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a
veintiséis días del mes de octubre del año dos mil cuatro, y por la
Honorable Cámara de Senadores, a catorce días del mes de diciembre del
año dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo, de conformidad con
lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel
Carrizosa Galiano
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados
H. Cámara de Senadores
Luciano Cabrera Palacios
Cándido Vera Bejarano
Secretario Parlamentario
Secretario Parlamentario
Asunción, de de 2004
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Nelson Alcides Mora
Ministro del Interior