Que Declara De Interes Social Y Expropia A Favor Del Consejo Nacional De La Vivienda (Conavi) Los Inmuebles Individualizados Como Fincas N°S. 9514 Y 9549, Distrito De San Lorenzo, Para Transferirlos P
QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL CONSEJO NACIONAL
DE LA VIVIENDA (CONAVI) LOS INMUEBLES INDIVIDUALIZADOS COMO FINCAS
N°s. 9514 Y 9549, DISTRITO DE SAN LORENZO, PARA TRANSFERIRLOS
POSTERIORMENTE A TITULO ONEROSO A FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES.
Artículo 1º.- Decláranse de interés social y exprópianse a favor del
Consejo Nacional de la Vivienda (CONAVI) los inmuebles individualizados
como: Finca N° 9514, inscripto en la Dirección General de los Registros
Públicos, bajo el No. 1 y al folio 1 y siguientes del 23 de enero de 1976 y
Finca N° 9549, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos,
bajo el N° 1 y al folio 1 y siguientes del 10 de febrero de 1976, ambas del
Distrito de San Lorenzo, ubicadas en el lugar denominado "Asentamiento
Santo Domingo", del barrio Laurelty, del citado distrito, para transferir
posteriormente a título oneroso a sus actuales ocupantes.
Artículo 2º.- Procédase a indemnizar a las personas que legítimamente
acrediten la calidad de propietarios de los inmuebles expropiados, conforme
con lo dispuesto por la Constitución Nacional y las leyes. El Consejo
Nacional de la Vivienda (CONAVI) y los propietarios acordarán en un plazo
de noventa días el precio de las fincas expropiadas. En caso de no haber
acuerdo en el citado plazo, las partes recurrirán al Juzgado de Primera
Instancia que corresponda, a los efectos de la determinación del precio.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a catorce
días del mes de marzo del año dos mil dos, y por la Honorable Cámara de
Senadores, a trece días del mes de junio del año dos mil dos, quedando
sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de
la Constitución Nacional.
Juan Darío Monges Espínola Juan Roque
Galeano Villalba
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Juan José Vázquez Vázquez Alicia Jové
Dávalos
Secretario Parlamentario
Secretaria Parlamentaria
Asunción, 21 de junio de 2002
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Luis Angel González Macchi
James Spalding
Ministro de Hacienda