Que Declara De Interés Social Y Expropia A Favor Del Estado Paraguayo, Poder Ejecutivo Secretaría De Acción Social, Parte De Los Inmuebles Individualizados Como Fincas N°S. 1766 Y 1779, Ubicado En E
QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO,
PODER EJECUTIVO - SECRETARIA DE ACCION SOCIAL, PARTE DE LOS INMUEBLES
INDIVIDUALIZADOS COMO FINCAS N°s. 1766 Y 1779, UBICADOS EN EL DISTRITO DE
LUQUE.
Artículo 1°.- Decláranse de interés social y exprópianse a favor del
Estado Paraguayo para destinarlo a través de la Secretaría de Acción Social
(SAS) al objeto previsto en el Programa de Regularización de Asentamientos
en Municipios del Territorio Nacional (PRAMTN), para su posterior
transferencia a título oneroso a favor de sus actuales ocupantes, previa
aprobación del Proyecto de Loteamiento por la Municipalidad de Luque, según
la Ley N° 1294/87 "Orgánica Municipal", los inmuebles individualizados como
parte de las Fincas Nos. 1766 y 1779 del Distrito de Luque, cuyas
dimensiones y linderos son los siguientes:
A) Asentamiento 20 de Abril, Finca N° 1766
LINEA A-B: con rumbo magnético S 13° 10' 00" W (Sur, trece
grados, diez minutos, cero segundo, Oeste), mide 67,64 m. (sesenta y
siete metros con sesenta y cuatro centímetros), linda con el resto de
la Finca N° 1766 .
LINEA B-5: con rumbo magnético S 75° 40' 00" E (Sur, setenta y
cinco grados, cuarenta minutos, cero segundo, Este), mide 640,56 m.
(seiscientos cuarenta metros con cincuenta y seis centímetros), linda
con derechos de Pedro Orrego Finca N° 1779.
LINEA 5-E: con rumbo magnético N 05° 09' 00" W (Norte, cinco
grados, nueve minutos, cero segundo, Oeste), mide 67,64 m. (sesenta y
siete metros con sesenta y cuatro centímetros), linda con derechos de
Arza Encina.
LINEA E-A: con rumbo magnético N 75° 40' 00" W
(Norte, setenta y cinco grados, cuarenta minutos, cero segundo,
Oeste), mide 617,65 m. (seiscientos diecisiete metros con sesenta y
cinco centímetros), linda con la calle pública de la fracción San
Carlos.
SUPERFICIE OCUPADA: 4 HAS. 2552 M2. 6622 CM2. (CUATRO HECTAREAS
CON DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS Y SEIS
MIL SEISCIENTOS VENTIDOS CENTIMETROS CUADRADOS).
B) Asentamiento 21 de abril, Finca N° 1779
LINEA C-D: con rumbo magnético S 13° 10' 00" W (Sur, trece
grados, diez minutos, cero segundo, Oeste), mide 54,40 m. (cincuenta y
cuatro metros con cuarenta centímetros), linda con el resto de la
Finca N° 1779.
LINEA D-3: con rumbo magnético S 77° 45' 00" E (Sur,
setenta y siete grados cuarenta y cinco minutos, cero segundo, Este),
mide 177,83 m. (ciento setenta y siete metros con ochenta y tres
centímetros), linda con derechos de Raimundo Cubilla.
LINEA 3-4: con rumbo magnético S 76° 20' 00" E (Sur,
setenta y seís grados , veinte minutos, cero segundo, Este), mide
580,50 m. (quinientos ochenta metros con cincuenta centímetros), linda
con derechos de Raimundo Cubilla.
LINEA 4-5: con rumbo magnético N 05° 09' 00" W (Norte, cinco
grados, nueve minutos, cero segundo, Oeste) mide 38 m (treinta y ocho
metros), linda con derechos de Agustín Fernández.
LINEA 5-6: con rumbo magnético N 75° 40' 00" W (Norte, setenta
y cinco grados, cuarenta minutos, cero segundo, Oeste), mide 564,20
m. (quinientos sesenta y cuatro metros con veinte centímetros), linda
con la Finca N° 1766.
LINEA 6-C: con rumbo magnético N 75° 11' 00" W (Norte, setenta
y cinco grados, once minutos, cero segundo, Oeste), mide 194,13 m.
(ciento noventa y cuatro metros con trece centímetros), linda con la
Finca N° 1766.
SUPERFICIE OCUPADA: 3 HAS. 3910 M2. 4242 CM2. (TRES HECTAREAS
CON TRES MIL NOVECIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS Y CUATRO MIL
DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS).
SUPERFICIE TOTAL EXPROPIADA: 7 HAS. 6463 M2. 0864 CM2. (SIETE
HECTAREAS CON SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES METROS
CUADRADOS, OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS)
Artículo 2º.- Procédase a indemnizar a las personas que
legítimamente acrediten la calidad de propietarios de los inmuebles
expropiados, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 109 de la
Constitución Nacional. La Secretaría de Acción Social y los propietarios
acordarán en un plazo de noventa días el precio de las fincas expropiadas.
En caso de no haber acuerdo en el citado plazo, las partes recurrirán al
Juzgado de Primera Instancia que corresponda, a los efectos de la
determinación del precio.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a treinta
y un días del mes de julio del año dos mil tres, y por la Honorable Cámara
de Senadores, a siete días del mes de octubre del año dos mil tres,
quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 207, numeral 1 de la Constitución Nacional.
Benjamín Maciel Pasotti Carlos Mateo
Balmelli
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
Raúl Adolfo Sánchez Ana
María Mendoza de Acha
Secretario Parlamentario Secretaria
Parlamentaria
Asunción, de de 2003.-
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Orlando Fiorotto
Ministro del Interior