Que Declara De Interés Social Y Expropia Cuatro Inmuebles Del Distrito De San Pedro Del Paraná.
PODER LEGISLATIVO
LEY N( 152
QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA CUATRO INMUEBLES DEL DISTRITO DE
SAN PEDRO DEL PARANA.
Artículo 1º.- Declárase de interés social y exprópiase a favor de la
Comunidad Indígena Itapuense para asiento de la Comunidad Indígena Pirapoí-
Mbói Kaé de la Etnia Mbyá Guaraní, cuatro inmuebles, que forman un solo
cuerpo, individualizados como Fincas Nºs. 99, bajo el Nº 8, 11 y 12 al
folio 11 y sgts. de los años 1967, 1987 y 1989 de 369 Has. 4.007 ms2.;
Finca Nº 4.020 (duplicada) bajo el Nº 1 al folio 1 y sgts. del año 1990 de
149 Has. 6.311 ms2.; Finca Nº 1.582, bajo el Nº 1 al folio 1 sgts. del año
1976 de 200 Has. 8.642 cm2.; y Finca Nº 1.583, bajo el Nº 1 al folio 1 y
sgts. del año 1976 de 200 Has. 8.642 cm2.; todos del Distrito de San Pedro
del Paraná, anotados a nombre de los Sres. Luis A. Escobar, Mitsuyuki
Ogawa, Wilfried Fischer y Kurt Lepelmeier, respectivamente, en la Dirección
General de Registros Públicos.
Artículo 2º.- Procédase a indemnizar a los propietarios de los
inmuebles expropiados, de conformidad al Artículo 109 de la Constitución
Nacional. El Instituto Paraguayo del Indígena y los propietarios acordarán
en un plazo de 90 días el precio de las Fincas expropiadas. En su caso de
no haber acuerdo, las partes tienen 30 días para recurrir al Juzgado de
Primera Instancia en lo Civil y Comercial a los efectos de la determinación
judicial del precio.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Diputados a dieciocho días del mes de
marzo del año un mil novecientos noventa y tres y por la Honorable Cámara
de Senadores, sancionándose la Ley, a catorce días del mes de abril del año
un mil novecientos noventa y tres.
Rubén O. Fanego Gustavo Díaz de Vivar
Vice Presidente 1º en Ejercicio Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
Abrahan Esteche
Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario
Abrahán Esteche
Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario
Asunción, de de 1993.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodríguez
Juan José Díaz Pérez Raúl Torres
Ministro de Hacienda Ministro de
Agricultura y Ganadería