Que Declara De Interes Social Y Expropia Dos Inmuebles Ubicados En El Distrito De Alto Vera (Ex-Heriberta Stroessner De Iglesias), Inscriptos A Nombre De Las Señoras Maria Cristina Verrascina De Toled
QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA DOS INMUEBLES UBICADOS
EN EL DISTRITO DE ALTO VERA (EX-HERIBERTA STROESSNER DE
IGLESIAS), INSCRIPTOS A NOMBRE DE LAS SEÑORAS MARIA CRISTINA
VERRASCINA DE TOLEDO Y GRACIELA ELENA VERRASCINA DE OTERO, A
FAVOR DEL TEKOHA GUAZU JUKERI DE LA ETNIA MBYA GUARANI.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Declárase de interés social y exprópiase a favor del
Tekohá Guazú Jukeri, perteneciente a la Etnia Mbya Guaraní, los inmuebles
ubicados en el Distrito de Alto Vera (ex-Heriberta Stroessner de Iglesias)
con una superficie total de 4.333 has., 3.264 ms2. Los inmuebles se hallan
individualizados como Finca Nº 5, Padrón Nº 5, inscripto a nombre de la
Señora María Cristina Verrascina de Toledo; y Finca Nº 4, Padrón Nº 6,
inscripto a nombre de la Señora Graciela Elena Verrascina de Otero en la
Dirección General de Registros Públicos.
Artículo 2º.- El Ministerio de Hacienda procederá a indemnizar por
los inmuebles expropiados de conformidad con lo dispuesto en el Artículo
109 de la Constitución Nacional, y el Artículo 154, Inciso b) de la Ley Nº
854/63, Estatuto Agrario. El Ministerio de Hacienda y lo propietarios
acordarán en un plazo de 90 (noventa) días el precio de las Fincas
expropiadas. En caso de no haber acuerdo, las partes tienen 30 (treinta)
días para recurrir al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial
a los efectos de la determinación judicial del precio.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado por la Honorable Cámara de Senadores el cinco de noviembre del año
un mil novecientos noventa y dos y por la Honorable Cámara de Diputados,
sancionándose la Ley, el once de diciembre del año un mil novecientos
noventa y dos.
José A. Moreno Ruffinelli Gustavo Díaz de Vivar
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
Nelson Argaña Abrahán Esteche
Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario
Asunción, 22 de diciembre de 1992.-
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el
Registro Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodríguez
Hugo Estigarribia Elizeche
Ministro del Interior