Que Declara De Interes Social Y Expropia El Inmueble De 224 Has. (Doscientos Veinte Y Cuatro Hectareas), 462 Ms2. (Cuatrocientos Sesenta Y Dos Metros Cuadrados), Con 2.912 Cms2. (Dos Mil Novecientos D
VEINTE Y CUATRO HECTAREAS), 462 MS2. (CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS METROS
CUADRADOS), CON 2.912 CMS2. (DOS MIL NOVECIENTOS DOCE CENTIMETROS
CUADRADOS), UBICADOS EN EL LUGAR DENOMINADO MARIA AUXILIADORA, DISTRITO DE
YBY-YAU, DEPARTAMENTO CONCEPCION.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONACON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Declárase de interés social y exprópiase el inmueble de
224 Has. (doscientos veinte y cuatro hectareas), 462 ms2. (Cuatrocientos
sesenta y dos metros cuadrados), con 2.912 cms2. (Dos mil novecientos doce
centimetros cuadrados), anotados como Finca Nº 1.266 en la Dirección
General de los Registros Públicos del Distrito de Yby-Yaú, Departamento
Concepción, a nombre del Señor Gerardo Doflein, a favor del Instituto de
Bienestar Rural (I.B.R.), para su posterior adjudicación a los miembros de
la Comisión Vecinal del citado lugar, ocupantes del Inmueble.
Artículo 2º.- Procédase a indemnizar al propietario de la fracción
expropiada de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 109 de la
Constitución Nacional. El Instituto de Bienestar Rural (I.B.R.) y el
propietario acordarán en un plazo de 90 (Noventa) días el precio de la
Finca expropiada. En caso de no arribarse a un acuerdo en el citado plazo,
las partes podrán recurrir a la Instancia Judicial para determinar el
precio.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a tres días del mes de agosto del
año un mil novecientos noventa y tres, y por la H. Cámara de Senadores,
sancionándose la Ley, a nueve días del mes de diciembre del año un mil
noveciento noventa y tres.
Francisco José de Vargas Evelio Fernández Arévalos
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
José Luis Cuevas Diego Abente Brun
Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario
Asunción, 21 de diciembre de 1993
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Raúl Torres Segovia
Ministro de Agricultura y Ganadería