Que Declara De Interes Social Y Expropia Parte Del Inmueble Ubicado En La Compañía Aldama Cañada - Itaugua, Departamento Central, A Favor De Sus Actuales Ocupantes, Propiedad De La Señora Maria Stella
QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA PARTE DEL INMUEBLE UBICADO EN
LA COMPAÑÍA ALDAMA CAÑADA - ITAUGUA, DEPARTAMENTO CENTRAL, A FAVOR DE
SUS ACTUALES OCUPANTES, PROPIEDAD DE LA SEÑORA MARIA STELLA DE VARGAS
DE YEGROS.
Artículo 1º.- Declárase de interés social y exprópiase a favor de sus
actuales ocupantes parte de un inmueble Finca N° 866, Padrón N° 2.180, de
la Compañía Aldama Cañada, Itauguá, Departamento Central, propiedad de la
señora María Stella de Vargas de Yegros y cuyos detalles técnicos partiendo
del mojón esquinero Noroeste N° 3 situado sobre el Arroyo Aldama con rumbos
magnéticos son los siguientes:
AL OESTE, LINEA 3 -A: Con rumbo magnético S- 16º 14' - W (Sur,
dieciséis grados, catorce minutos, Oeste), mide 503,4 ms. (quinientos
tres metros con cuatro centímetros), linda con el arroyo Mboi-y o
también llamado Mbaepirungá o Aldama;
AL SUR, LINEA A - B: Con rumbo magnético S- 80º 49' 39'' - E
(Sur, ochenta grados, cuarenta y nueve minutos, treinta y nueve
segundos, Este), mide 1080 ms. (un mil ochenta metros), linda con la
Urbanización "Los Naranjos", derechos de Inmobiliaria del Este;
AL ESTE, LINEA B -2: Con rumbo magnético N- 4º 10' - E (Norte,
cuatro grados, diez minutos, Este), mide 710 ms. (setecientos diez
metros), linda con derechos de Heriberto Sosa;
AL NORTE, LINEA 2-3: Con rumbo magnético S- 88º 15' - W (Sur,
ochenta y ocho grados, quince minutos, Oeste), mide 1080 ms. (un mil
ochenta metros), linda con derechos de Juan Martín Galeano.
La superficie poligonal de la fracción descripta es de 67 Has.,
8040 ms²., 2900 cms². (sesenta y siete hectáreas, ocho mil cuarenta
metros cuadrados con dos mil novecientos centímetros cuadrados).
Artículo 2º.- Los beneficiarios y el propietario acordarán en un plazo
no mayor de noventa días el precio de la finca a ser expropiada. En caso de
no haber acuerdo entre las partes, podrán recurrir al Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil y Comercial a los efectos de la determinación
judicial del precio.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a seis
días del mes de diciembre del año dos mil uno, y por la Honorable Cámara de
Senadores, a dieciséis días del mes de mayo del año dos mil dos, quedando
sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 206 de
la Constitución Nacional.
Juan Darío Monges Espínola Juan Roque Galeano
Villalba
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Juan José Vázquez Vázquez Darío Antonio
Franco Flores
Secretario Parlamentario
Secretario Parlamentario
Asunción, de de 2002
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Luis Angel González Macchi
Francisco A. Oviedo Brítez
Ministro del Interior
rdl