Que Declara De Interés Social Y Expropia Un Inmueble Propiedad De "la Blanca S.a." A Favor Del Instituto De Bienestar Rural (I.b.r.).

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N( 147<br /> QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA UN INMUEBLE PROPIEDAD DE "LA<br /> BLANCA S.A." A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL (I.B.R.).<br /> Artículo 1°.- Declárase de interés social y exprópiase a favor del<br /> Instituto de Bienestar Rural (I.B.R.), un inmueble con una superficie de<br /> 2.335 has., 6.283 ms., 3.290 cms2. (Dos mil trescientos treinta y cinco<br /> hectáreas, seis mil doscientos ochenta y tres metros, tres mil doscientos<br /> noventa centímetros cuadrados), que es parte de dos inmuebles de mayor<br /> superficie, ubicado en el Distrito de Villa de San Pedro, inscripto en la<br /> Dirección General de los Registros Públicos como Fincas Ns. 23 y 853,<br /> respectivamente, pertenecientes en propiedad a "La Blanca S.A." y que<br /> forman un solo cuerpo, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:<br /> Mojón C - B:Con rumbo magnético S-61( 18' 39" E, (Sur sesenta y un grados,<br /> diez y ocho minutos, treinta y nueve segundos, Este), mide 674,27 ms.<br /> (Seiscientos setenta y cuatro metros, con veinte y siete centímetros);<br /> Mojón B - A:Con rumbo magnético S-28( 41' 31" W, (Sur veinte y ocho grados,<br /> cuarenta y un minutos, treinta y un segundos, Oeste), mide 5.100 ms. (Cinco<br /> mil cien metros);<br /> Mojón A - D: Con rumbo magnético S-82( 41' 12" W, (Sur ochenta y dos<br /> grados, cuarenta y un minutos, doce segundos, Oeste), mide 4.172,46 ms.<br /> (Cuatro mil ciento setenta y dos metros con cuarenta y seis centímetros).<br /> Estas tres líneas lindan con derechos del Gobierno Italiano; y,<br /> Mojón D - C: Formada por varias quebradas determinadas de la<br /> siguiente forma:<br /> Mojón D - No. 25: Con rumbo magnético S-03( 19' 50" W, (Sur tres grados,<br /> diez y nueve minutos, cincuenta segundos, Oeste), mide 3.924 ms. (Tres mil<br /> novecientos veinte y cuatro metros);<br /> Ns. 25 - 26: Con rumbo magnético S-75( 50' 28" E, (Sur setenta y cinco<br /> grados, cincuenta minutos, veinte y ocho segundos, Este), mide 1.425,75 ms.<br /> (Mil cuatrocientos veinte y cinco metros con setenta y cinco centímetros);<br /> Ns. 26 - 27: Con rumbo magnético S-68( 10' 32" E (Sur sesenta y ocho<br /> grados, diez minutos treinta y dos segundos, Este), mide 1.471,83 ms. (Mil<br /> cuatrocientos setenta y un metros con ochenta y tres centímetros);<br /> Ns. 27 - 28: Con rumbo magnético N-87( 52' 68" E (Norte ochenta y siete<br /> grados, cincuenta y dos minutos, sesenta y ocho segundos, Este), mide<br /> 821,84 ms. (Ochocientos veinte y un metros con ochenta y cuatro<br /> centímetros). Todas estas líneas lindan con derechos de Alejandro Paoli y<br /> el Río Aguary-mi;<br /> Ns. 28 - 29: Con rumbo magnético S-28( 33' 05" W (Sur veinte y ocho grados,<br /> treinta y tres minutos, cinco segundos, Oeste), mide 1.808,94 ms. (Mil<br /> ochocientos ocho metros con noventa y cuatro centímetros);<br /> Ns. 29 - 30: Con rumbo magnético N-45( 30' 55" W (Norte cuarenta y cinco<br /> grados, treinta minutos, cincuenta y cinco segundos, Oeste), mide 1.776,58<br /> ms. (Mil setecientos setenta y seis metros con cincuenta y ocho<br /> centímetros);<br /> Ns. 30 - 31: Con rumbo magnético N-68( 35' 05" W (Norte sesenta y ocho<br /> grados, treinta y cinco minutos, cinco segundos, Oeste), mide 2.089,70 ms.<br /> (Dos mil ochenta y nueve metros con setenta centímetros); y,<br /> N°. 31 - Mojón C: Con rumbo magnético S-80( 02' 21" W (Sur ochenta grados,<br /> dos minutos, veinte y un segundos, Oeste), mide 5.437,17 ms. (Cinco mil<br /> cuatrocientos treinta y siete metros con diez y siete centímetros),<br /> lindando con restos de las Fincas Ns. 23 y 853 y las Fincas Ns. 963 y 407<br /> de "La Blanca S.A." que forman un solo cuerpo.<br /> Artículo 2o.- Procédase a indemnizar a la persona que legítimamente<br /> acredite la calidad de propietario del inmueble expropiado de conformidad a<br /> lo dispuesto en el Artículo 109 de la Constitución Nacional. El Instituto<br /> de Bienestar Rural (I.B.R.) y el propietario acordarán en un plazo de 90<br /> (noventa) días el precio del inmueble expropiado. En caso de no haber<br /> acuerdo, las partes tienen 30 (treinta) días para recurrir al Juzgado de<br /> Primera Instancia en lo Civil y Comercial a los efectos de la determinación<br /> judicial del precio.<br /> Artículo 3o.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el diez y siete de marzo del<br /> año un mil novecientos noventa y tres y por la Honorable Cámara de<br /> Diputados, sancionándose la Ley el uno de abril del año un mil novecientos<br /> noventa y tres.<br /> Rubén O. Fanego Gustavo Díaz de Vivar<br /> Presidente Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores<br /> Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario<br /> Asunción, de de 1993<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Andrés Rodríguez<br /> Hugo Estigarribia Elizeche<br /> Ministerio del Interior