Que Declara De Interés Social Y Expropia Una Fracción De 200 Has. (Doscientas Hectáreas) Propiedad De Las Hermanas Angela Y Martina Ghetz Drechsler A Favor Del Instituto De Bienestar Rural (I.b.r.).
PODER LEGISLATIVO
LEY N( 166
QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA UNA FRACCION DE 200 HAS.
(DOSCIENTAS HECTAREAS) PROPIEDAD DE LAS HERMANAS ANGELA Y MARTINA GHETZ
DRECHSLER A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL (IBR).
Artículo 1°.- Declárase de interés social y exprópiase a favor del
Instituto de Bienestar Rural (IBR), una fracción de 200 Has. (Doscientas
hectáreas), de una superficie mayor, propiedad de las Hermanas Angela y
Martina Ghetz Drechsler, ubicada en el Distrito de Minga Guazú,
Departamento de Alto Paraná, individualizada como Finca Nº 2.954, Padrón
4.777, 4.778 y 4.782.
Artículo 2°.- Procédase a indemnizar a las propietarias de la
fracción expropiada de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 109 de la
Constitución Nacional. El Instituto de Bienestar Rural (IBR) y las
propietarias acordarán en un plazo de 90 días el precio de la Finca
expropiada. En caso de no haber acuerdo, las partes tienen 30 días para
recurrir al Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial a los efectos
de la determinación judicial del precio.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el diez y ocho de diciembre
del año un mil novecientos noventa y dos y por la Honorable Cámara de
Diputados, sancionándose la Ley el veinte y nueve de abril del año un mil
novecientos noventa y tres.
José A. Moreno Ruffinelli Gustavo Díaz de Vivar
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario
Asunción, de de 1993
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodríguez
Hugo Estigarribia Elizeche
Ministro del Interior