Que Declara De Interes Social Y Expropia Una Fraccion De Inmueble Propiedad Del Señor Alberto H. Antebi, Asiento De La Comunidad Indigena Kangue Cua - Arroyo Moroti A Favor Del Instituto Paraguayo D
QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA UNA FRACCION DE INMUEBLE
PROPIEDAD DEL SEÑOR ALBERTO H. ANTEBI, ASIENTO DE LA COMUNIDAD
INDIGENA 'KANGUE CUA - ARROYO MOROTI' A FAVOR DEL INSTITUTO PARAGUAYO
DEL INDIGENA - INDI
Artículo 1º.- Declárase de interés social y exprópiase a favor de la
Comunidad Indígena "Kangue Cuá - Arroyo Morotí", con Personería Jurídica
reconocida por el Poder Ejecutivo a través del Decreto N° 9698/2000, parte
de la Finca matriz N° 77, Padrón matriz N° 156, del Distrito de San Pedro
del Paraná, en una superficie de 1.000 Has. (un mil hectáreas) de acuerdo
al informe pericial detallado a continuación:
Al Norte: Con rumbo NE-45° 00', (Nor-este, cuarenta y cinco
grados), mide 5.883 metros (cinco mil ochocientos ochenta y tres
metros) y linda con el resto de la Finca N° 77;
Al Este: Con rumbo SE-45° 00', (Sur-este, cuarenta y cinco
grados), mide 1.700 metros (un mil setecientos metros) y linda con el
resto de la Finca N° 77;
Al Sur: Con rumbo SW-45° 00', (Sur-oeste, cuarenta y cinco
grados), mide 5.883 metros (cinco mil ochocientos ochenta y tres
metros) y linda con derechos particulares; y,
Al Oeste: Con rumbo NW-45° 00', (Nor-oeste, cuarenta y cinco
grados), mide 1.700 metros (un mil setecientos metros) y linda con
Campo San Pedro y Ganadera La Margarita.
Superficie total: 1.000 hectáreas (un mil hectáreas).
Artículo 2º.- Procédase a indemnizar al propietario del inmueble
expropiado, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 109 de la
Constitución Nacional. El Instituto Paraguayo del Indígena (INDI) y el
propietario acordarán en un plazo de noventa días el precio del inmueble
expropiado. En caso de no haber acuerdo, las partes podrán recurrir al
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a los efectos de la
tasación judicial del inmueble.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a dos
días del mes de abril del año dos mil dos, quedando sancionado el mismo por
la Honorable Cámara de Diputados, a ocho días del mes de julio del año dos
mil dos, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 211 de la
Constitución Nacional.
Oscar González Daher Juan Carlos
Galaverna D.
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Juan José Vázquez Vázquez Alicia Jové
Dávalos
Secretario Parlamentario Secretaria
Parlamentaria
Asunción, de de 2002
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Luis Angel González Macchi
Blanca Ovelar de Duarte
Ministra de Educación y Cultura