Que Desafecta Del Dominio Publico Municipal Pasando A Dominio Privado Municipal Y Autoriza A La Municipalidad De Bella Vista (Itapua), A Transferir A Titulo Oneroso A Favor De Su Actual Ocupante Una Fraccion De Terreno, Identificada Como Parte De La Finca Nº 2.206 Del Citado Municipio.
PODER LEGISLATIVO
LEY N( 625
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL PASANDO A DOMINIO PRIVADO
MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE BELLA VISTA (ITAPUA), A
TRANSFERIR A TITULO ONEROSO A FAVOR DE SU ACTUAL OCUPANTE UNA FRACCION DE
TERRENO, IDENTIFICADA COMO PARTE DE LA FINCA Nº 2.206 DEL CITADO MUNICIPIO.
EL CONGRESO DE LA NACION SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público municipal
pasando al dominio privado municipal y autorízase a la
Municipalidad de Bella Vista, a transferir a titulo oneroso a favor
de su actual ocupante una fraccion de terreno, identificada como
Lote Nº 05, de la Manzana Nº U223-04-11 parte de la Finca Nº 2.206
del citado Municipio, cuyas dimensiones y linderos son los
siguientes:
Su frente al Nor-Este: Sobre la calle 4-SW, mide con
rumbo S.E. 45º 00' (Sur cuarenta y cinco grados cero segundo Este),
distancia 16,1 m. (dieciséis metros con un centímetro);
Su costado al Sur-Este: Mide con rumbo S.O. 42º 44' 20"
(Sur cuarenta y dos grados cuarenta y cuatro minutos veinte
segundos Oeste), distancia 117,88 m. (ciento diecisiete metros con
ochenta y ocho centímetros), linda con el lote Nº 06, derechos de
la Señora Hennelore Vömel;
Su contrafrente al Sur-Oeste: Mide con rumbo N.O. 46º
18' 40" (Norte cuarenta y seis grados dieciocho minutos cuarenta
segundos Oeste), distancia 16 m. (dieciséis metros), linda con la
calle 5-SW; y,
Su contracostado al Nor-Oeste: Mide con rumbo N.E. 42º
44' 20" (Norte cuarenta y dos grados cuarenta y cuatro minutos
veinte segundos Este), distancia 118,25 m. (ciento dieciocho metros
con veinticinco centímetros), linda con los lotes Nºs. 04 y 03,
derechos de los Señores Christian Vömel y Heinz Josef Pauly,
respectivamente.
Superficie: 1.889 m2. (MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE
METROS CUADRADOS).
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados, a treinta días del mes de marzo del
año un mil novecientos noventa y cinco, y por la H. Cámara de Senadores,
sancionándose la Ley, a veintinueve días del mes de junio, del año un mil
novecientos noventa y cinco.
Atilio Martínez Casado
Evelio Fernández Arévalos
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados
H. Cámara de Senadores
Luis María Careaga Flecha
Artemio Castillo
Secretario Parlamentario
Secretario Parlamentario
Asunción, 19 de julio de 1995.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Mario Vidal Berdejo Garcete
Ministro Sustituto del Interior