Que Desafecta Del Dominio Publico Municipal Y Autoriza A La Municipalidad De Caaguazu A Transferir A Titulo Gratuito A Favor Del Estado Paraguayo - Ministerio De Educacion Y Cultura, Un Inmueble Indiv

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QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA<br /> MUNICIPALIDAD DE CAAGUAZU A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL<br /> ESTADO PARAGUAYO - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA, UN INMUEBLE<br /> INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA Nº 19907, ASIENTO DE LA ESCUELA<br /> GRADUADA Nº 3305, UBICADO EN EL BARRIO "SANTA ISABEL" DEL CITADO<br /> MUNICIPIO.<br /> Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase<br /> a la Municipalidad de Caaguazú a transferir a título gratuito a favor del<br /> Estado Paraguayo - Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble<br /> identificado con Cta.Cte.Ctral. Nº 21-1314-12, que forma parte de la Finca<br /> Nº 19907, Distrito Caaguazú, inscripto en la Dirección General de los<br /> Registros Públicos, bajo el Nº 1 al folio 1 y siguientes del año 2000,<br /> ubicado en el barrio "Santa Isabel" del citado municipio, asiento de la<br /> Escuela Graduada Nº 3305, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:<br /> AL NORTE: mide 64,71 m. (Sesenta y cuatro metros con setenta y un<br /> centímetros), linda con la Calle Nº 6;<br /> AL SUR: mide 62,23 m. (Sesenta y dos metros con veintitrés<br /> centímetros), linda con los Lotes Nºs. 01, 02, 03, 04 y 05<br /> de la manzana Nº 1;<br /> AL ESTE: (en dos líneas) PRIMERA: mide 6,30 m. (Seis metros con<br /> treinta centímetros), linda con el lote Nº 6. SEGUNDA: mide<br /> 38,62 m. (Treinta y ocho metros con sesenta y dos<br /> centímetros), linda con la Fracción Nº 2; y,<br /> AL OESTE: mide 45,20 m. (Cuarenta y cinco metros con veinte<br /> centímetros), linda con la Calle Nº 2.<br /> SUPERFICIE: 2849,6905 m2 (DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE<br /> METROS CUADRADOS CON SEIS MIL NOVECIENTOS CINCO CENTIMETROS<br /> CUADRADOS).<br /> Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a<br /> veintiocho días del mes de octubre del año dos mil cuatro, y por la<br /> Honorable Cámara de Senadores, a catorce días del mes de diciembre del<br /> año dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo, de conformidad con<br /> lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel<br /> Carrizosa Galiano<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados<br /> H. Cámara de Senadores<br /> Luciano Cabrera Palacios<br /> Cándido Vera Bejarano<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretario Parlamentario<br /> Asunción, de de 2004<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Nelson Alcides Mora<br /> Ministro del Interior