Que Desafecta Del Dominio Publico Municipal Y Autoriza A La Municipalidad De Cambyreta A Transferir A Titulo Gratuito A Favor Del Cuerpo De Bomberos Voluntarios De Cambyreta, Un Inmueble Individualiza

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2480<br /> QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA<br /> MUNICIPALIDAD DE CAMBYRETA A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL<br /> CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE CAMBYRETA, UN INMUEBLE<br /> INDIVIDUALIZADO COMO LOTE 1 DE LA MANZANA "C" CON CUENTA CORRIENTE<br /> CATASTRAL N° 23-1415-02, PARTE DE LA FINCA N° 8749 DEL DISTRITO DE<br /> CAMBYRETA DEL BARRIO SAN MIGUEL, DEL CITADO MUNICIPIO<br /> Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y<br /> autorízase a la Municipalidad de Cambyretá a transferir a título gratuito a<br /> favor del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Cambyretá, un inmueble<br /> individualizado como Lote 1 de la manzana "C" con Cta. Cte. Ctral. N° 23-<br /> 1415-02, parte de la finca N° 8749, del Distrito de Cambyretá, ubicado en<br /> el barrio San Miguel del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son<br /> los siguientes:<br /> SU FRENTE: con rumbo Noroeste NO 38°55´24" (treinta y ocho grados,<br /> cincuenta y cinco minutos, veinticuatro segundos), mide 92,04 m. (noventa y<br /> dos metros con cuatro centímetros), linda con la calle 2-a;<br /> SU COSTADO: con rumbo Noreste NE 51°04´36" (cincuenta y un<br /> grados, cuatro minutos, treinta y seis segundos), mide 111,12 m. (ciento<br /> once metros con doce centímetros), linda con la calle A;<br /> SU CONTRA FRENTE: con rumbo Suroeste SO 11°26´27" (once grados,<br /> veintiséis minutos, veintisiete segundos), mide 144,29 m. (ciento cuarenta<br /> y cuatro metros con veintinueve centímetros), linda con derechos de<br /> terceros;<br /> SUPERFICIE: 5113 m2 7484 cm2 (cinco mil ciento trece metros cuadrados<br /> con siete mil cuatrocientos ochenta y cuatro centímetros cuadrados).<br /> Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a<br /> veinticuatro días del mes de junio del año dos mil cuatro, quedando<br /> sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a treinta días<br /> del mes de setiembre del año dos mil cuatro, de conformidad con lo<br /> dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Oscar Rubén Salomón Fernández Enrique González<br /> Quintana<br /> Presidente<br /> Vicepresidente 1°<br /> H. Cámara de Diputados En ejercicio de<br /> la Presidencia<br /> H. Cámara de Senadores<br /> Luciano Cabrera Palacios Cándido<br /> Vera Bejarano<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretario Parlamentario<br /> Asunción, de de 2004<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Vice Presidente en ejercicio de la Presidencia de la Republica<br /> Luis Alberto Castiglioni<br /> Nelson Alcides Mora<br /> Ministro del Interior