Que Desafecta Del Dominio Publico Municipal Y Autoriza A La Municipalidad De Encarnacion A Transferir A Titulo Gratuito A Favor Del Estado Paraguayo (Ministerio De Educacion Y Culto), Una Fraccion De
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD
DE ENCARNACION A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO
(MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTO), UNA FRACCION DE TERRENO ASIENTO DE LA
ESCUELA GRADUADA Nº 643 "DOLORES ACUÑA GARCIA", INDIVIDUALIZADA COMO LOTES
Nºs 13, 14, 15, 16, 17 Y PARTE DEL LOTE Nº 6, DE LA MANZANA L, UBICADA EN
EL BARRIO GENERAL BERNARDINO CABALLERO (EX-VILLA CRISTINA) DEL CITADO
MUNICIPIO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1º. Desaféctase del dominio público municipal y autorizase
a la Municipalidad de Encarnación a transferir a título gratuito a favor
del Estado Paraguayo (Ministerio de Educación y Culto), una fracción de
terreno asiento de la Escuela Graduada Nº 643 "DOLORES ACUÑA GARCIA",
individualizada como Lotes Nºs 13, 14, 15, 16, 17 y parte del Lote Nº 6, de
la Manzana L, proveniente del Loteamiento de la Finca unificada Nº 4.066,
ubicada en el Barrio General "Bernardino Caballero" (ex-Villa Cristina) del
citado Municipio; cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
Línea 1-2: Con rumbo Norte ocho grados veinte y tres minutos con catorce
segundos Oeste, mide sesenta y nueve metros con cuarenta y
nueve centímetros (N 08 23' 14" W 64,49) y linda con la
Prelatura Nullius de Encarnación.
Línea 2-3: Con rumbo Norte ochenta y dos grados cuarenta y cinco minutos
con cincuenta y seis segundos Este, mide cuarenta y ocho
metros (N 82º 45' 56" E - 58,00 m) y linda con la calle
Tercera Proyectada.
Línea 3-4: Con rumbo Sur siete grados cero minutos con veinte y cuatro
segundos Este, mide treinta y ocho metros con treinta y
seis centímetros (S 07º 00' 24" E - 38,36 m) y linda con la
calle Independencia Nacional.
Línea 4-5: Con rumbo Sur ochenta y dos grados catorce minutos con treinta
y seis segundos Oeste, mide treinta y cinco metros con
cincuenta y cinco centímetros (S 82º 14' 36" W - 35,55 m) y
linda con derechos privados.
Línea 5-6: Con rumbo Sur veinte y dos grados veinte y nueve minutos con
treinta segundos Oeste, mide treinta y cinco metros con
treinta centímetros (S 22º 29' 30" W - 35,30 m) y linda con
derechos privados.
Línea 6-1: Con rumbo Sur ochenta grados veinte y nueve minutos con treinta
y ocho segundos Oeste, mide tres metros con cuarenta
centímetros (S 80º 29' 38" W - 3,40 m) y linda con
derechos privados.
Superficie 2.603 m2 (Dos mil seiscientos tres metros cuadrados).
Artículo 2º. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a diez días del mes de diciembre del
año un mil novecientos noventa y dos y por la H. Cámara de Senadores,
sancionándose la Ley, a diez y ocho día del mes de diciembre del año un mil
novecientos noventa y dos.
José A. Moreno Ruffinelli Gustavo Díaz de Vivar
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
Nelson Argaña Abrahan Esteche
Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario
Asunción, 12 de enero de 1993
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial
El Presidente de la República
Hugo Estigarribia Elizeche
Ministro del Interior