Que Desafecta Del Dominio Publico Municipal Y Autoriza A La Municipalidad De J. Augusto Saldivar A Transferir A Titulo Gratuito A Favor Del Estado Paraguayo (Ministerio De Educacion Y Cultura), Un Inm
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA
MUNICIPALIDAD DE J. AUGUSTO SALDIVAR A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A
FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO (MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA), UN
INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 129, ASIENTO DE LA
ESCUELA DE EDUCACION ESCOLAR BASICA N° 6206 "VIRGEN DE FATIMA",
UBICADO EN EL BARRIO YBYRARO DEL CITADO MUNICIPIO
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase
a la Municipalidad de J. Augusto Saldivar, a transferir a título gratuito a
favor del Estado Paraguayo - Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble
que forma parte de la Finca N° 129, del Distrito de J. Augusto Saldivar,
inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos, bajo el N° 1
al folio 1 y siguientes del año 1988, ubicado en el barrio Ybyraro del
citado municipio, asiento de la Escuela de Educación Escolar Básica N° 6206
"Virgen de Fátima", cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: Con rumbo S - 60° 55' 58" - W (Sur, sesenta grados, cincuenta y
cinco minutos, cincuenta y ocho segundos, Oeste), mide
38,00 m. (Treinta y ocho metros), linda con calle pública;
AL SUR: Con rumbo N - 60° 55' 58" - E (Norte, sesenta grados,
cincuenta y cinco minutos, cincuenta y ocho segundos,
Este), mide 38,00 m. (Treinta y ocho metros), linda con
calle pública;
AL ESTE: Con rumbo N - 29° 56' 48" - W (Norte, veintinueve grados,
cincuenta y seis minutos, cuarenta y ocho segundos, Oeste),
mide 64,00 m. (Sesenta y cuatro metros), linda con calle;
y,
AL OESTE: Con rumbo S - 29° 56' 48" - E (Sur, veintinueve grados,
cincuenta y seis minutos, cuarenta y ocho segundos, Este),
mide 64,00 m. (Sesenta y cuatro metros), linda con el resto
de la fracción dejada en concepto de plaza.
SUPERFICIE: 2.432,00 m2. (DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS METROS
CUADRADOS).
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los
cuatro días del mes de marzo del año dos mil cuatro, quedando sancionado el
mismo, por la Honorable Cámara de Diputados a los diez días del mes de
junio del año dos mil cuatro, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo
204 de la Constitución Nacional.
Benjamín Maciel Pasotti
Carlos Mateo Balmelli
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados
H. Cámara de Senadores
Armín D. Diez Pérez Duarte Mirtha
Vergara de Franco
Secretario Parlamentario
Secretaria Parlamentaria
Asunción, de de 2004
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Orlando Fiorotto Sánchez
Ministro del Interior